Evoluciona de la Revisoría Fiscal en Colombia - SARA VEGA

  • LEY 58 DE 1931

    "La primera ley que hablo de la revisoría fiscal fue la ley 58 de 1931, creada por la superintendencia de sociedades anónimas se refirió al revisor fiscal en sus artículo así: Articulo 41
    Fija la responsabilidad del revisor fiscal frente a los accionistas “ los miembros de la administración y los fiscales y revisores son solidariamente responsables para con la sociedad, de los daños que causen por violación o negligencia en el cumplimiento de sus deberes”
  • LEY 73 1935

    La cual dispuso que toda sociedad anónima tuviera un revisor fiscal
  • REUNION DE UN GRUPO DE CONTADORES

    Reunión de un grupo de contadores, para integrar una asociación de contadores, un año después en 1937 se creó la asociación colombiana de contadores.
  • DECRETO 1946

    Articulo 1: Mediante se dispone que para practicar o renovar la inscripción de las sociedades anónimas, distintas de los bancos o compañías de seguros en el registro publico de comercio era requisito que los documentos presentados ante esta entidad apareciera vinculado un revisor fiscal, con su respectivo suplente, nombrado por la asamblea general de accionistas.
  • ´RONUNCIAMIENTO DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

    La superintendencia de sociedades exige que los balances que se le enviaran fueran suscritos por las firmas autógrafas del gerente, el secretario, el revisor fiscal, y el contador de la sociedad, norma que se considera como el punto de partida de lo que hoy conocemos como estados Financieros Certificados.
  • DECRETO 2521

    Se reglamento toda la legislación que existía relativa a sociedades anónimas, y se refirió a la revisoría fiscal así: Articulo 134: Toda sociedad anónima necesariamente tendrá un revisor fiscal con su respectivo suplente, este suplente reemplazara al principal en sus faltas absolutas, temporales o accidentales Articulo 135: os nombramientos del revisor fiscal y su suplente deben ser registrados en la Cámara de comercio, con base en las actas de la asamblea general.
  • LEY 145

    Derogó el decreto 2373 de 1956, a través de este se suprime las categorías de contador inscrito y contador público. desde esta fecha todos lo contadores son públicos, así mismo se mantuvo la exigencia que los revisores fiscales obligatoriamente fueran contadores. Finalmente establece que la dependencia laboral inhabilita al contador público para dar fe pública, salvo en el caso de los revisores fiscales
  • DECRETO 2073

    Se reguló la presencia de la revisoría fiscal al interior de la empresas comunitarias
  • LEY 9

    Reformó algunas sanciones a imponer a los contadores en caso de inexactitud en las declaraciones tributarias. tratándose de la primera vez se suspenderá por un año la facultad de firmar declaraciones, en la segunda oportunidad se suspenderá por dos años, y en la tercera oportunidad será definitiva
  • LEY 45

    Cualquier institución vigilada por la Super bancaria, o Superintendencia de valores debe contar con la presencia de un revisor fiscal, y su elección corresponde al ministro de Haciendo y crédito publico
  • PRONUNCIACION DEL CONSEJO TECNICO DE CONTADURIA

    Definió la revisoría fiscal, Numero 7: "un órgano de fiscalización que, en interés de la comunidad, bajo la dirección y responsabilidad del revisor fiscal y con sujeción a las normas de auditoría generalmente aceptadas, le corresponde dictaminar los estados financieros y revisar y evaluar sistemáticamente los componentes y elementos que integran el control interno, en forma oportuna e independiente en los términos que señala la ley, los estatutos y los pronunciamientos profesionales.”
  • LEY 1314

    Mediante la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia.
  • DECRETO 0302

    Art. 2 El presente decreto debe ser aplicado de manera obligatoria por los revisores fiscales quienes presten sus servicios a entidades del grupo 1, y a las entidades del grupo 2 que tengan mas de 30.000 SMMLV de activos o mas de 200 trabajadores.