Evolución histórica sobre el derecho del acción.

  • 805 BCE

    Escuela clasica

    se identifica a la acción procesal del derecho de acción, se consideraba que la acción era el derecho objetivo lesionado puesto en movimiento y en un estado de defensa dispuestos a eliminar cualquier inconveniente que atente contra la existencia y eficacia de este
  • 753 BCE

    ROMA primer sistema

    ROMA primer sistema
    En el procedimiento civil romano se dan naturalmente los dos componentes que inciden siempre en la organización procesal de la defensa de los derechos. En primer lugar, el sistema de las acciones de la ley, que constituye la más antigua manifestación arcaica y ritual del proceso romano, pero donde ya tomó éste su tipicidad y sus grandes líneas maestras y más tarde, abriendo la época preclásica, el procedimiento formula­rio o per formulas, donde se despliega para siempre toda la estruc­tura
  • 753 BCE

    Características de derecho de acción en Roma

    Características de derecho de acción en Roma
    1.Distinción entre el derecho penal público del privado; el primero estaba reservado al pater familias en razón al amplio concepto de patria potestad y el segundo al cognitio que se hacía ante un magistrado con un trámite previo ante él. 2.La sentencia podía ser objeto de apelación ante los comicios centuriados. 3.En el derecho penal público, el juez actuaba de oficio y con amplios poderes, representando a la comunidad sin que estuviera reglamentado el procedimiento.
  • 509 BCE

    Roma

    Posesión en Derecho Romano En términos romanos, no existe un equivalente real a los conceptos modernos de "posesión", ya que las leyes actuales los utilizan. Possessio puede describir el control real sobre cosas que podrían conducir a la adquisición de la propiedad
  • 286 BCE

    Roma

    procedimiento cognitorio, es el derecho procesal de la época posterior a la clásica, o sea, desde Diocleciano (año 286 D.C) hasta Justiniano (años 565 D.C). Caracterizado por su régimen monofásico, el procedimiento no lo llevaba adelante un magistrado, sino un funcionario público, o sea en vez de llevarla adelante un pretor, la presidía un juez, en latín, "iudex". Desaparecen las fórmulas, es oriunda de este procedimiento, el régimen de tasa de justicia (ahora hay que pagar para litigar
  • 12 BCE

    Roma

    nos explica la exigencia de las
    XII Tablas respecto al adsiduus (Tab. I, 4), que probablemente se
    referia al hecho de que la liberacion del rehen aprendido mediante
    la manus exigia una cierta equivalencia de posicion economica
  • 520

    Roma

    Patria Potestad en el Derecho Romano Patria Potestad en el Derecho Romano: Consideraciones Generales Noción, terminología, caracteres. Originariamente, con el término manus se designaba en el Derecho romano el poder del paterlamilias sobre las personas a él sujetas tanto libres como esclavos, pero ya en época histórica ese poder