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EVOLUCIÓN CRONOLÓGICA DE LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
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Promulgación de la Declaración Universal de Derechos Humanos
En su artículo 12 que establece: "Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques" -
Se establece el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales del Consejo de Europa
Artículo 8.
Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de su correspondencia -
Suecia, entra en vigor la primera ley en el mundo para la protección de la información de particulares
Contando con un organismo que supervisará el cumplimiento de la misma llamado Data Inspektion Board. -
Estados Unidos promulga una ley de carácter general titulada Privacy Act
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Países como Canadá, Francia, Dinamarca, Noruega, Austria y Luxemburgo publicaron leyes referentes a la protección de datos personales
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Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico
Se pronuncia una recomendación indicando las pautas relativas a la protección de la privacidad y límites de transferencia de datos personales, que constituyó el primer instrumento supranacional que analiza a profundidad el derecho a la protección de estos datos -
Se aprobó un Convenio para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal
En el artículo 4.1 se insta a los Estados firmantes a que establezcan para su propio territorio las medidas necesarias para que sea efectiva la protección y nombra autoridades para el cumplimiento de éstas. Señala principios esenciales de la protección de datos, tanto para los ficheros públicos como para los privados.
Exceptúa el manejo y uso de los datos sensibles, como lo pueden ser ideología, religión, origen racial, opiniones políticas, preferencia sexual, salud y condenas penales, artículo6 -
Convenio n° 108 del consejo de Europa para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal
Artículo 1° se debe garantizar, en el territorio de cada Estado, a cualquier persona física sean cuales fueren su nacionalidad o su residencia, el respeto de sus derechos y libertades fundamentales, concretamente su derecho a la vida privada, con respecto al tratamiento automatizado de los datos de carácter personal correspondientes a dicha persona -
Brasil promulga una Ley de Protección de Datos
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Argentina promulga una Ley de Protección de Datos
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Se aprueba la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea
En donde se realzó la protección de los datos personales como un derecho fundamental -
MÉXICO Promulga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental
Crea el organismo que se encarga de supervisar la mencionada ley: el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) -
MÉXICO Se presenta al pleno de la Cámara de Diputados un proyecto que reforma el artículo 6° de la CPEUM
En donde se formula como regente del ejercicio de acceso a información la protección de los datos personales y lo referente a la vida privada -
MÉXICO Se presenta ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la CPEUM
Tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares -
MÉXICO El dictamen para la reforma del artículo 73 de la CPEUM se aprueba por unanimidad
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MÉXICO El Senado recibe la minuta para la reforma del Artículo 73 de la CPEUM
La cual fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos -
MÉXICO Se presenta ante el Pleno de la Cámara de Senadores un proyecto en el cual se pretende adicionar un párrafo al artículo 16 de la CPEUM
Con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo -
MÉXICO Se turna el proyecto de reforma del artículo 16 de la CPEUM a las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos
Quienes elaboraron el dictamen correspondiente para su lectura y aprobación por el Pleno del Senado -
MÉXICO La Cámara de Diputados recibió la minuta del dictamen de reforma del articulo 16 de la CPEUM la cual fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales
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MÉXICO Las legislaturas locales comienzan a aprobar la reforma constitucional del artículo 16
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MÉXICO Se publica en el DOF la reforma al artículo 53 constitucional
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MÉXICO Se publica en el DOF la reforma al artículo 16 constitucional
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MÉXICO Se emite el decreto que expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares