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El recurso humano de la Administración Publica

  • Tipos de Estado

    Tipos de Estado
    Durante el desarrollo histórico del virreinato de la Nueva España, a pesar de la diversidad de actividades que fueron adquiriendo las instituciones novohispanas, no existen obras que sean consideradas como verdaderos orígenes de nuestra disciplina.
    La administración pública en México, tanto desde su etapa como nación independiente como en su devenir histórico, ha conformado un campo de estudio sistemático e incremental de conocimiento en torno a la actividad organizada del Estado.
  • Tipo de Administración Pública

    Tipo de Administración Pública
    A partir del primer virrey tenían que dar el diagnóstico de determinados ramos de la administración virreinal, los problemas más urgentes por atender y las recomendaciones pertinentes para tratar de solucionarlos.
    La tradición de tratados teóricos dentro de la trayectoria histórica del estudio de la administración pública representa una de las grandes aportaciones de destacados estudiosos y cultivadores mexicanos al campo disciplinario.
  • Las categorías del personal al servicio del Estado

    Las categorías del personal al servicio del Estado
    La intencionalidad era la formación y consolidación de una nueva clase de administradores públicos versados en el, entonces todavía rudimentario, conocimiento científico que tuviera aplicabilidad en los ámbitos de la agricultura y producción manufacturera propios del modelo de Estado mercantilista. Estas premisas fueron posteriormente desarrolladas, ya en el siglo diecinueve, en la que se denominó ‘Ciencias del Estado’
  • Condiciones laborales en ese periodo

    Condiciones laborales en ese periodo
    La Constitución mexicana de 1917 fue la primera en el mundo en incorporar derechos sociales, como el derecho a huelga, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) retomó ese precepto para su conformación en 1919. El artículo 123 constitucional indica que “toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil”. Establece la jornada máxima de 8 horas al día y que nadie debe ganar menos de un salario mínimo general, entre muchas otras garantías.