Diversidad etnica cultural

RECOGIENDO SABERES EN TORNO A LA DIVERSIDAD

  • Diversidad étnica y cultural

    Diversidad étnica y cultural
    El reconocimiento de la diversidad de expresiones culturales crea en Colombia un nuevo hecho institucional. Donde el estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la nación colombiana. Apertura constitucional de 1991, diversidad étnica y cultural y ordenamiento político: aproximación filosófica política
  • El Día Internacional de la Diversidad Biológica

    El Día Internacional de la Diversidad Biológica
    Se celebra el 22 de mayo de cada año El Convenio sobre la Diversidad Biológica se firmó en el año 1992. Este valioso instrumento internacional tiene como objetivo la protección, cuidado y conservación de la diversidad biológica de todo el planeta.
  • LEY 70

    LEY 70
    La ley 70 reconoce a las comunidades negras que han venido ocupando tierras baldías en zonas rurales ribereñas de los ríos de la cuenca del pacifico.
    Así mismo tiene como propósito establecer mecanismos para la protección de la identidad cultural y de los derechos de las comunidades negras de Colombia como grupo étnico, y el fomento de su desarrollo económico y social.
  • LA EDUCACIÓN PARA GRUPOS ÉTNICOS

    LA EDUCACIÓN PARA GRUPOS ÉTNICOS
    Ley 115 de 1995. La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes.
  • COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS A PUeBLOS INDÍGENAS

    COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS A PUeBLOS INDÍGENAS
    Decreto 13 de 1996. Por medio del cual se crea la Comisión de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas y se crea el programa especial de atención a los Pueblos Indígenas.
  • Principios fundamentales y definiciones de la ley de cultura

    Principios fundamentales y definiciones  de la ley de cultura
    Ley 397 de 1997 Por la cual se desarrollan los Artículos 70,71 y 72 y demás Artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.
  • INCLUSIÓN PARA LA COMUNIDAD GITANA

    INCLUSIÓN PARA LA COMUNIDAD GITANA
    incluir un representante del pueblo ROM que habita en el Distrito Capital en el Consejo Distrital de Cultura así: "Los ROM -llamados gitanos- son un pueblo que habita el país de la República y en ese contexto, puede hablarse de un grupo étnico preexistente a la consolidación de la Nación- esta Dirección General conceptúa que la petición del pueblo ROM de Colombia, en el sentido de solicitar participación en el Consejo Distrital de Cultura y en los Consejos Locales de Cultura.
  • Participación de mujeres en cargos de estado en igualdad de condiciones

    Participación de mujeres en cargos de estado en igualdad de condiciones
    LEY 581 Se aprobó en Colombia una ley destinada a promover la participación igualitaria de las mujeres en los más altos cargos del Estado, mediante la adopción de una cuota que exige que al menos el 30% de los cargos del poder público sean ocupados por mujeres.
  • COLOMBIA CELEBRA LA DIVERSIDAD Y AFROCOLOMBIANIDAD

    COLOMBIA CELEBRA LA DIVERSIDAD Y AFROCOLOMBIANIDAD
    El Día Mundial de la Diversidad Cultural fue establecido por la Asamblea General de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, UNESCO, en noviembre de 2001.
    -Colombia celebra el miércoles 21 de mayo. El Congreso de Colombia estableció la misma fecha para conmemorar el Día de la Afrocolombianidad.
  • CARTA ANDINA

    CARTA ANDINA
    Señala la obligación de los Estados de proteger a las personas de la discriminación que pueda resultar de su orientación u opción sexual y demanda de los Estados el desarrollo de legislaciones al respecto.
  • EQUIDAD DE GÉNERO

    EQUIDAD DE GÉNERO
    Acuerdo Distrital 091 de 2003 Determina el Plan de Igualdad de Oportunidades para la Equidad de Género en el Distrito Capital. Acuerdo 79 de 2003. Código de Policía de Bogotá Artículo 10°: Respetar las manifestaciones de las personas, independientemente de su etnia, raza, edad, género, orientación sexual, creencias religiosas, preferencias políticas y apariencia personal.
  • Convención sobre la Protección y la Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales de la UNESCO

    Convención sobre la Protección y la Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales de la UNESCO
    La Diversidad Cultural ha sido un elemento central para orientar las políticas y los planes de acción del Gobierno en el área cultural. La Embajadora de Colombia ante la UNESCO, Sonia Sarmiento, entregó a la Directora General de la UNESCO, Irina Bokova, el Instrumento de Adhesión de Colombia a la Convención sobre la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales, firmada en París (Francia) el 20 de octubre de 2005.
  • “JUVENTUD” DECRETO 482 DE 2006

    “JUVENTUD”  DECRETO 482 DE 2006
    La ley 375 de 1997 "Por la cual se crea la ley de la juventud y se dictan otras disposiciones" tiene por objeto "establecer el marco institucional y orientar políticas, planes y programas por parte del Estado y las sociedad civil para la juventud" y señala en su artículo 15 que: "El Estado garantizará el apoyo en la realización de planes, programas y proyectos que tengan como finalidad el servicio a la sociedad, la vida, la paz, la solidaridad, la tolerancia, y equidad.
  • DECRETO 403 DE 2007

    DECRETO 403 DE 2007
    El artículo 32 del Acuerdo 257 de 2006 estableció el Sistema de Coordinación de la Administración del Distrito Capital como el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos y entidades distritales, de manera que se garantice la efectividad y materialización de los derechos humanos, individuales y colectivos, y el adecuado y oportuno suministro de los bienes y la prestación de los servicios a sus habitantes.
  • POBLACIÓN CON DISCAPACIDAD

    POBLACIÓN CON DISCAPACIDAD
    LEY 1237 DE 2008.La presente ley tiene por objeto fomentar, promover y difundir las habilidades, talentos y manifestaciones artísticas y culturales de cualquier naturaleza que provengan de la población con algún tipo de limitación física, síquica o sensorial, como modelo de superación personal, de estímulo a la generación de ingresos y de reconocimiento y apropiación social de las potencialidades de las personas en situación de discapacidad.
  • CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

    CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
    LEY 1346 DE 2009.Los principios de la Carta de las Naciones Unidas que proclaman que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad y el valor inherentes y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana.
  • DIVERSIDAD BIOLÓGICA. DECRETO 2372 DE 2010

    DIVERSIDAD BIOLÓGICA. DECRETO 2372 DE 2010
    El estado debe planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. La constitución consagró además deberes compartidos entre el estado y los particulares, como la obligación de proteger las riquezas culturales y naturales de la nación.
  • La Política para el reconoce la diversidad Cultural, la garantía, la protección y el restablecimiento de los Derechos

    La Política  para el reconoce la diversidad Cultural, la garantía, la protección y el restablecimiento de los Derechos
    DECRETO 554. Que el artículo 13 estipula que "Todas las personas nacen libres e iguales ante la Ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, Raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados."
  • Modificación de la Ley 1482 de 2011, para sancionar penalmente la discriminación

    Modificación de  la Ley 1482 de 2011, para sancionar penalmente la discriminación
    Artículo 134A. Actos de discriminación. El que arbitrariamente impida, obstruya o restrinja el pleno ejercicio de los derechos de las personas por razón de su raza, nacionalidad, sexo u orientación sexual, discapacidad y demás razones de discriminación, incurrirá en prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses y multa de diez (10) a quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes
  • Decreto No. (…) de derechos de las personas LGBTI

    Decreto No. (…) de  derechos de las personas LGBTI
    El Artículo 130 de la ley 1753 de 2015, establece que “el Gobierno nacional a través de sus entidades, llevará a cabo las acciones necesarias tendientes a la implementación y seguimiento de la política Pública Nacional para la Garantía de derechos de lesbianas, Gais, Bisexuales, Transgeneristas e Intersexuales (LGBTI) a través del Ministerio del interior, e impulsará ante las entidades territoriales la inclusión en los planes de desarrollo.
  • Informe a Unesco sobre políticas que protegen y promueven la diversidad de expresiones culturales del país.

    Informe a Unesco sobre políticas que protegen y promueven la diversidad de expresiones culturales del país.
    Bogotá (mayo. 17/17). El Director de Asuntos Culturales de la Cancillería y Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Cooperación con la Unesco, Santiago Jara, participó en la presentación del primer informe cuatrienal de Colombia a la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura –Unesco–, que da cuenta de las políticas que protegen y promueven la diversidad de las expresiones culturales en nuestro país.