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1300 BCE
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Baldo degli Ubaldi realizó la distinción entre procedimiento y ley de fondo (ad litis ordinatione y ad litis decisionem). -
1228 BCE
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El profesor boloñés Francesco Acursius impuso a los tribunales de Módena el deber de aplicar, en ciertos casos, el derecho de Bolonia, ya que “en una entidad política la ley sólo se aplica a los súbditos, y que por ello la ley de Módena no se aplica al boloñés”. -
118 BCE
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GRECIA: Ptolomeo II, rey del Egipto helénico estableció las reglas para el acuerdo de voluntades entre ciudadanos de distintas ciudades. -
1400
SIGLO XV
La doctrina francesa aplica la “lex fori” (o ley del juez interviniente) para las personas sujetas al derecho del juez o a las cosas situadas en su jurisdicción. -
1500
SIGLO XVI
La Escuela francesa clasificaba los estatutos en reales y personales. Los reales tenían aplicación territorial y se referían al derecho de propiedad. Los personales tenían aplicación extraterritorial y se referían a temas de capacidad. -
1500
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Bertrand D´Argentré agregó la categoría de estatutos “mixtos”. En ellos existía preferencia por el estatuto real. Para este autor la solución de los casos ius privatistas internacionales era en principio territorialita. -
SIGLO XVII
Con la Escuela Holandesa y Ulrico Huber , decia que el l Estado aplica el Derecho extranjero en virtud de un pacto tácito entre estados. Tuvo influencia decisiva en Inglaterra y Estados Unidos. -
SIGLO XVIII
En el Reino Unido los tribunales del common law aplicaron el law merchant Primero como hecho y luego como derecho -
SIGLO XIX
Joseph Story sostuvo que cada Estado es soberano, ningún particular puede ser sometido a una ley que viole los derechos adquiridos por su origen Y la aplicación del Derecho extranjero se realiza sobre la base de pactos tácitos o expresos.