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MAYAS
La tenencia de la tierra entre los mayas, se dividía en comunales, que eran aquellas tierras que satisfacían las necesidades públicas, es decir las del gobierno y que eran trabajadas por los tributarios.
Las clases sociales se dividían en sacerdotes, tributarios y esclavos -
1325
AZTECAS
La figura agraria más sobresaliente, dentro de esta organización y tenencia de la tierra es el Calpulli o Chinancalli, que eran las tierras de los barrios, estas se dividían y asignaban en forma de parcelas a los miembros del mismo Calpulli; no se podía recibir más de una parcela por individuo y se tenía que cultivar personalmente -
1510
ÈPOCA PRECOLONIAL
Grupos sociales de los aztecas:
*Tlacatecuhtli
*Tlatocan
*Chihuacoatl
*Tetecuhtzin -
1511
ÈPOCA COLONIAL
La llegada de los españoles trajo instituciones, religión e idioma. -
MIGUEL HIDALGO Y LA ÉPOCA DE INDEPENDENCIA
Emite junto con José María Morelos y Pavón decretos en los que ordenaban la recaudación de las rentas vencidas de las tierras de los indígenas: restitución de las mismas a favor de los grupos desposeídos y la prohibición para su arrendamiento -
INDEPENDENCIA: PRINCIPALES LEYES Y DECRETOS
-Decreto 14 de octubre 1823: formación de la provincia del Istmo de Tehuantepec
-Decreto General de Colonización 18 de agosto 1824: impulsar la colonización en la parte norte del territorio nacional
-Ley de Colonización 1 de abril 1830: por Anastasio Bustamante, la defensa del territorio nacional
-Plan de Sierra Gorda 14 de marzo 1848: normar los reclamos de la clase campesina -
IGNACIO COMONFORT
Autorizaba a los gobernadores de Puebla y Veracruz así como al jefe político de Tlaxcala -
CONSTITUCIÓN POLÍTICA
Reflejaba la ideología del constituyente liberal. La ley de la tierra, su objetivo era incorporar a la actividad económica nacional las tierras desiertas y abandonadas -
LEY DE NACIONALIZACIÓN DE BIENES DEL CLERO
La expidió el Presidente Juárez, en ella establecía que todos los bienes que el clero había administrado con diversos títulos deberían de entrar al dominio de la nación -
REVOLUCIÓN MEXICANA
Las leyes de reforma permitían adquirir territorios que se señalaran como baldíos por parte de propietarios, fueron despojadas las comunidades indígenas de sus territorios -
ORIENTACIÓN IDEOLÓGICA DE LA REVOLUCIÓN
Francisco I. Madero
*Justo Sierra
*Hermanos Flores Magón
Artículos 27 (el reparto de las tierras a los grupos despojados a través de la expropiación) y 123 (regular las relaciones obrero-patronales que estaban regidas por la Constitución de 1857) -
LEY AGRARIA
El 6 de enero de 1915, Venustiano Carranza, en Veracruz, promulga La Ley Agraria cuyo objetivo es la restitución y la dotación de la tierra a los pueblos y comunidades indígenas de México. -
LEY FEDERAL DE REFORMA AGRARIA
Sus acciones principales eran la dotación de ejidos, restitución de tierras, ampliación de ejidos, nuevos centros de población, reconocimiento y titulación de bienes comunales y conflicto por límites -
MODIFICACIÓN DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL
Con la reforma de 1992 al artículo 27, por primera vez se permite la venta del suelo ejidal y comunal, lo cual supuestamente permitiría que paulatinamente se reemplazara su venta ilegal por su incorporación ordenada al desarrollo urbano legal.