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Cimientos de la Comunidad Educativa
En el Proyecto de la Ley de Educación (AD, 1936) se encuentran raíces de elementos que se puede catalogar propios de la Comunidad Educativa, “-La escuela a imitación de la familia- debe ser una comunidad de vida y trabajo, un centro de cooperación solidaria que extienda su acción cultural mas allá del alumno a las familias y el ambiente”. -
Sociedad de padres y maestros
En 1948 se crea la Ley Orgánica de Educación Nacional.Se prevee el funcionamiento de las instituciones periescolares, incluyendo en ella a la sociedad de padres y maestros. -
Importancia a las Instituciones Peri- escolares
En el decreto 443 se establece el reglamento de las Instituciones Peri- escolares, que tienen por objeto estimular y desarrollar determinadas actividades coadyudantes en la educación, entre ellas estan la sociedad de padres y representantes, maestros y profesores, las cooperativas escolares y la cruz roja juvenil. -
Creacion de la Comunidad de Padres y representantes
En el año 1970 se promulga el decreto 223, el cual establece un nuevo reglamento para las actividades de padres, maestros, representantes, profesores y alumnos, denominado "Comunidad Educativa" con caracter de obligatoriedad y a nivel nacional -
Oficina Central de Comunidades Educativas
Se crea la oficina central de comunidades educativas en el año 1975 y se elabora el manual de procedimientos del decreto 223 -
Ley de Educación de 1980
Se incorpora el texto de comunidad educativa y para 1981 se deroga el decreto 223, se promulga el decreto 1360 el cual contempla la organizacion de las comunidades educativas. -
Ley de Educación de 1980
Capítulo VII
De la Comunidad Educativa
Artículo 74°
La comunidad educativa tendrá como finalidad colaborar en el logro de los objetivos consagrados en la presente ley. Contribuirá materialmente, de acuerdo con sus posibilidades, a las programaciones y a la conservación y
mantenimiento del plantel. Su actuación será democrática, participativa e integradora del proceso educativo. -
Ley de Educación de 1986
SECCIÓN SEGUNDA: DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
Artículo 172. Son órganos de la comunidad educativa: El Consejo Consultivo, los Docentes, la Sociedad de Padres y Representantes y la Organización Estudiantil.
DE LA SOCIEDAD DE PADRES Y REPRESENTANTES
Artículo 177. La Sociedad de Padres y Representantes será el órgano integrado por los padres y representantes de los alumnos y por los docentes, en la forma y condiciones establecidas en el artículo siguiente. -
Regimen Legal
Se debe recalcar que las Comunidades Educativas en Venezuela, tienen su propio Régimen Legal, Régimen Complementario sobre la Organización y Funcionamiento de la Comunidad Educativa, Gaceta Oficial Nº 751-1986; que la define de una forma más específica, señalando sus estructuras, organización, conformación, participantes, roles, fines, importancia, nivel de participación y compromiso. -
Reglamento General de la Ley Organica de Educación 1999
A partir de este momento se modifica el
Artículo 178:La Sociedad de Padres y Representantes estará integrada por una Junta Directiva y por una Asamblea General. Los miembros de la Junta Directiva serán
electos por la Asamblea General, pudiendo ser revocados mediante referéndum por mayoría absoluta, a solicitud del diez por ciento (10%) de los integrantes de la misma...también serán miembros de la Junta Directiva la Sociedad de Padres y Representantes. -
Integrantes del Consejo Educativo
De la Conformación y Organización del Consejo Educativo
Artículo 7.
Son órganos constitutivos del Consejo Educativo los Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables; Académico; Seguridad y Defensa Integral; Comunicación e Información; Ambiente, Salud Integral y Alimentación; Educación Física y Deportes; Cultura; Infraestructura y Hábitat Escolar; Estudiantes; Contraloría Social y, de otros que se consideren pertinentes. -
Gaceta oficial 40029- Consejos Educativos
Artículo 3.El Consejo Educativo es la instancia ejecutiva, de carácter social, democrática, responsable y corresponsable de la gestión de las políticas públicas educativas en articulación inter e intrainstitucional y con otras organizaciones sociales en las instituciones educativas.