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Esclavitud, artesanal y la economía de tipo familiar. Existieron dos tipos de contratos: el de arrendamiento y el de obra.
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Primer documento importante en el derecho del trabajo, habla de salario y la jornada de los obreros
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Existía una división entre el esclavo (no era catalogado como persona) y el hombre libre (nobles, sacerdotes y guerreros).
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Se fusionaron patricios y plebeyos, así como esclavos y hombres libres para obtener las mismas oportunidades.
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- La subsistencia de la economía artesanal.
- El nacimiento de las ciudades.
- El transito de la economía familiar a la economía de la ciudad.
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- Se crearon las corporaciones: Conformadas por aprendices, oficiales y un maestro.
- Algunos maestros recibían una retribución por enseñar.
- Los oficiales trabajaban por unidad de Obra.
- Existía el concepto de salario justo.
- Las corporaciones son pequeños talleres que son el antecedente de los sindicatos de los trabajadores.
- Esta etapa presencio el nacimiento y la extinción de los gremios.
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Comienza la sustitución de la economía artesanal por la de tipo industrial, surgen las grandes empresas, se distinguió por la regulación imperativa de la relación de trabajo subordinado y personal.
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Se encuentran algunas disposiciones del derecho del trabajo; asegurar a los indios. la percepción efectiva de su salario, jornada de trabajo, salario mínimo, prohibición de las tiendas de raya, etc.
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Orientan las actividades del trabajo y la reglamentación de los oficios, se realizo por medio de las ordenanzas de los gremios.
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Prohibía y sancionaba la reorganización de las corporaciones.
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Reglamento el contrato de arrendamiento, de obra y de industria.
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Se postulo la libre contratación frente al régimen de servidumbre, así como la concurrencia de los gremios.
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Desaparecen para poder establecer libremente las fabricas y oficios.
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Promulgo el derecho de asociación sin sentimiento a medida preventiva alguna.
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Una legislación menos protectora que las leyes de Indias y de un carácter meramente civilista.
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Se consigna la libertad de profesión, industria y trabajo.
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Expedida por Maximiliano de Habsburgo, asignaba la libertad de los campesinos y los trabajadores.
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Trato de dignificar el trabajo al establecer que la prestación de servicios no era equiparable al contrato de arrendamiento.
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Dicto una ley en la que establecía la obligación a prestar el servicio medico requerido, y pagar el salario del trabajador hasta por tres meses en caso de accidentes por riesgo de trabajo.
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Los trabajadores conscientes de la explotación laboral que vivían, decidieron manifestarse, la cual fue reprimida por la policía con una violencia descomunal, ademas de la intervención de tropas estadounidenses.
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Publico el manifiesto y programa del partido liberal donde se examinaba las condiciones de los obreros y campesinos, y se proponían reformas de fondo a los programas políticos, agrarios y del trabajo.
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Se definía al riesgo de trabajo: como aquel que ocurre a los empleados y operarios en el desempeño de su trabajo y se fijaran indemnizaciones, y en caso de incapacidad permanente se le daba hasta dos años de salario.
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Este fue por decreto de Francisco I. Madero.
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Fundación de la organización internacional del trabajo
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En Yucatan se expidió esta ley, mejor conocida como: la ley agraria, de hacienda, del catastro, del municipio libre y del trabajo. Se regulo el trabajo de mujeres y menores, también se creo las juntas de conciliación y arbitraje.
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Se decreto la reducción de la jornada de trabajo a ocho horas, implanto el descanso semanal y prohibió la reducción de salarios.
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Carranza dicto estas leyes agrarias que favorecían la formación de la pequeña propiedad para que disolvieran los latifundios y restituyan a los pueblos las tierras de que fueran injustamente despojados.
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En la capital de la República estaba este proyecto, que era para regular los contratos individuales y colectivos del trabajo.
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Luis Cabrera dicto una ley que serviría de base para elaborar el articulo 127 constitucional.
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El diputado obrero por Yucatan, Hector Victoria sentó las bases de lo que posteriormente fue el articulo 123 constitucional.
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Se aprobó y se consagro por primera vez un titulo de la constitución en materia laboral y con bases del derecho del trabajo.
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Fue la primera constitución en el mundo en incorporar garantías sociales en materia de trabajo.
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Se consagro el principio de igualdad jurídica de trabajo y capital.
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Este tratado de paz planteo que el trabajo no debe considerarse una mercancía o un articulo de comercio.
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Se hizo la declaración que pugnaba por la conservación plena del empleo.
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Intentaba promover el "trabajo permanente para todos".
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Afirma que "toda persona tiene el derecho de trabajar y el derecho de obtener un empleo".
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Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo; asi como a la protección contra el desempleo.