Antecedentes de las finanzas públicas. Fátima García Silva.

By Faty_G
  • 1492

    Época precolombina.

    Época precolombina.
    La época precolombina en América al tiempo comprendido entre el apogeo de la civilización olmeca hacia el año 1500 adC y 1492.
    Jeroglíficos grabados en los códices representan los
    tributos que recibían los aztecas, se fijaban los objetos motivo
    del impuesto que debían remitirlos pueblos esclavizados o
    conquistados, cada ochenta días se recaudaban los productos
    y se almacenaban. La hacienda pública llevaba cuenta exacta
    de lo entregado en armas, plumas, trajes u otros.
  • 1524

    Cabildo.

    Cabildo.
    El 7 de marzo de 1524 se formó el primer cabildo metropolitano.
  • Jul 3, 1524

    Primer ayuntamiento de la nueva España.

    Primer ayuntamiento de la nueva España.
    En la casa de Cortés en Coyoacán, se instaló el 7 de marzo de
    1524 el primer cabildo metropolitano formado por el alcalde
    mayor Francisco de las Casas,
  • 1533

    El quinto real.

    El quinto real.
    se manejaban 3 arcas en las que se guardaba el tesoro de la hacienda pública al rey de España se le otorgaba el 5% y le llamaban quinto real.
  • 1536

    Época virreinal.

    Época virreinal.
    En 1536 Antonio de Mendoza estableció la contabilidad de la casa de monedas, donde se conserva el libro más antiguo de contabilidad.
  • Primera regencia.

    Primera regencia.
    29 de noviembre de 1821 se crea por decreto la primera regencia circulada por el ministerio de justicia y negocios eclesiásticos.
  • Época independiente.

    Época independiente.
    16 de noviembre de 1824 el Ministro de Justicia y negocios eclesiásticos ordena que el Secretario dirigiese las rentas del estado y quedaban extinguidas las direcciones y contadurías generales de rentas así también la contaduría mayor de cuentas.
  • Primer reglamento provisional.

    Primer reglamento provisional.
    6 de enero de 1825 se decreta el primer reglamento provisional de rentas.
    4 de diciembre de 1825 se establece una dirección de gobierno y otra de todos los ramos de la federación.
  • Partida doble.

    Partida doble.
    En 1855 se constituye una Comisión de Contabilidad para establecer las condiciones que requiere la disciplina, incluyendo la partida doble. En 1856 se expide la Ley para la Deuda Pública y la Administración de las Aduanas Marítimas y Fronterizas.
  • Epoca Porfirista

    Epoca Porfirista
    En 1891 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público incrementó sus atribuciones, por lo que se denominó Secretaría de Hacienda, Crédito Público y Comercio.
  • Tesorería de la federación.

    Tesorería de la federación.
     Las nuevas oficinas en el Palacio Nacional con el nombre de Tesorería de la Federación y oficinas en las capitales de los estados de la república, se centralizan en ésta los ingresos, egresos y deuda pública por parte del Ministro de Hacienda. 1910 se creó la Dirección de Contabilidad asignándosele funciones de registro, glosa y contabilidad de las cuentas sobre el manejo de los fondos, para integrar la Cuenta General de la Hacienda Pública.
  • Época postrevolucionaria.

    Época postrevolucionaria.
    1917 se promulga la ley de secretarias de estado. 
  • Creación del departamento de contraloría.

    Creación del departamento de contraloría.
    Se crea el departamento de contraloría.
  • Se promulga ley de sueldo y salarios.

    Se promulga ley de sueldo y salarios.
    Se promulga la Ley para la Recaudación de los Impuestos establecidos en la Ley de Ingresos vigente sobre Sueldos, Salarios, Emolumentos, Honorarios y Utilidades de las Sociedades y Empresas.
  • 1925

    1925
    Se fundó el Banco de México,  como Banco Central
  • Tesorería de la federación.

    Tesorería de la federación.
    El presidente Plutarco Elías Calles, le da una nueva oficina a la Tesorería  de la Federación.
  • Época contemporánea.

    Época contemporánea.
    Se expide la ley que regula su funcionamiento, así como la contabilidad, el presupuesto, el manejo de fondos públicos, la inspección fiscal, creándose la dirección de inspección fiscal. 
  • Ley de secretarias y departamentos de estado.

    Ley de secretarias y departamentos de estado.
    Se publicó la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, siendo transferidas las funciones relativas a inversiones y control de organismos descentralizados y empresas de participación estatal, a las Secretarías de la Presidencia y del Patrimonio Nacional, respectivamente.
  • Ley sobre servicio de vigilancia de fondos.

    Ley sobre servicio de vigilancia de fondos.
    Se publicó la Ley sobre el Servicio de Vigilancia de Fondos y Valores de la Federación
  • La contabilidad se descentraliza.

    La  contabilidad se descentraliza.
    Como consecuencia de la reforma administrativa, la contabilidad se descentraliza.
  • Época actual.

    Época actual.
    Se reforma el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Dirección General de Auditoría y Revisión Fiscal de la Subsecretaría de Ingresos, cambió su denominación por Dirección General de Auditoría Fiscal Federal. 
  • Secretaria de hacienda y crédito público.

    Secretaria de hacienda y crédito público.
    Secretaría de Programación y Presupuesto se fusiona por Decreto Presidencial a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.