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Antecedentes de la Auditoria Superior de la Federación

  • Jan 1, 1453

    Tribunal Mayor de Cuentas de la Colonia Española

    La contaduría mayor de Hacienda tiene sus orígenes en el tribunal mayor de cuentas de la Colonia Española, creada en 1453, cuando las Cortes Españolas expiden las disposiciones para que se constituya un órgano con funciones de inspección, examen, aprobación y finiquito del manejo administrativo de la Real Hacienda. Éste funciona hasta 1510, cuando es suprimido para posteriormente restablecerse en México en 1524.
  • Jan 1, 1543

    Tribunal Mayor de Cuentas

    Tribunal Mayor de Cuentas
    En 1543 encontramos el Tribunal Mayor de Cuentas, constituido por las Cortes españolas, como un órgano con funciones de inspección de las cuentas de la hacienda real. Las facultades de este tribunal fueron objeto de reformas en 1470, quedando ampliadas en el ámbito de su competencia de fiscalización de la hacienda pública hispana.
    en 1524, los reyes españoles tomaron la decisión de crear en la Nueva España un Tribunal Mayor de Cuentas con facultades
    específicas y estrictas en tal sentido.
  • Creación de la Junta de Crédito Público

    Se creó la Junta de Crédito Público, su función, dictaminar créditos que la nación debería reconocer. Como Presidente de dicha Junta se nombró a José Alejo Alegría, contador decano de la Contaduría Mayor de Cuentas, se aprobó el nombramiento para vocales; Felipe Santiago Sáenz, Ildefonso Maniau, Ignacio Nájera y Fernando Navarro, este último como secretario. fuerón los primeros fiscalizadores.
  • Reconocimientos de las deudas

    Reconocimientos de las deudas
    El Soberano Congreso Constituyente, reconoció las deudas contraídas por:
    • El gobierno virreinal, hasta el 17 de septiembre de 1810.
    • Los jefes insurgentes, desde la proclamación del Plan de Iguala hasta la entrada del Ejército Trigarante a la capital.
    • Los gobiernos establecidos desde el 27 de septiembre de 1821 a la fecha del decreto.
  • Promulgación la primera Constitución de la República

    Promulgación la primera Constitución de la República
    Se facultó al Congreso para que tomara las cuentas del gobierno. se recogen las ideas inspiradas en el sistema norteamericano en la Constitución de Cádiz, apegadas al pensamiento de Montesquieu. Se encuentran antecedente constitucional mexicano, el Congreso es el encargado de revisar la cuenta pública que presente el poder Ejecutivo al establecer en su artículo 50: “...las facultades exclusivas del Congreso General son las siguientes: VIII... tomará anualmente cuentas al gobierno”.
  • Se expidió el núm. 476, Reglamento para la Sección de Hacienda

    Reglamento para la Sección de Hacienda de la contaduría mayor, que impuso al contador mayor la obligación de revisar personalmente presupuestos generales de gastos cuentas del secretario del despacho de Hacienda, exponer a la Comisión Inspectora las observaciones que “le ocurrieran sobre unos y otras”.Se establecía la planta de empleados y las facultades y percepciones de cada uno; en total eran 26,y 16 eran los encargados de las labores técnicas (contadores y oficiales de glosa).
  • Se publicó la Ley sobre Arreglo de la Administración de la Hacienda Pública

    Se expidió la Ley “Arreglo de la Administración de la Hacienda Pública”, cuyos puntos fundamentales a tratar eran: poner en manos del secretario del ramo la dirección y administración de las rentas públicas; concentrar todas las operaciones en el ministerio de Hacienda; y, llevar la contabilidad en la Secretaría de Hacienda para que fuera más exacta la cuenta general y permitiera al secretario vigilar las operaciones que desempeñaban las demás oficinas que estaban a su cargo.
  • Se expidió la Memoria del ministro de Hacienda

    El ministro había de presentar al Congreso el presupuesto general de gastos y cuenta del año anterior, en ella se establecían reglas sobre la manera de formar la cuenta general del erario. En la ley de ese año se precisaron de manera amplia y categórica las facultades de la Contaduría Mayor de Hacienda y se dispuso que este órgano, para la glosa y revisión de cuentas, comunicaría a los inmediatamente responsables los reparos y resultados que ocurrieran en el examen. Decreto núm. 437.
  • No se aprobó la Cuenta General presentada por el ministerio de Hacienda

    la Cámara de Diputados no aprobó la Cuenta General presentada por el ministerio de Hacienda relativa a los ocho primeros meses de 1825. Dispuso, además, que al término de sesenta días, el ministro responsable (que era el oficial mayor encargado del despacho, José Ignacio Esteva) satisfaría los reparos que resultaron de las observaciones hechas por la Contaduría Mayor de Hacienda, que constaban de 259 párrafos.
  • Los gastos extraordinarios

    El presidente Victoria indicaba que “los gastos extraordinarios que demanda nuestro estado de guerra con España, exigirán que se aumenten los ingresos del erario sobre los que hasta ahora están calculados”, y el 21 de mayo siguiente informó que para atender los empréstitos extranjeros, se había concedido la octava parte de los
    productos de las aduanas marítimas. Se advirtió que aquellos días, el principal renglón de ingresos federales era el derivado del arancel de aduanas marítimas.
  • Guadalupe Victoria presentó las cuentas del año económico

    En la apertura de sesiones del Congreso General y en su último informe, el presidente Guadalupe Victoria presentó las cuentas del año económico el 30 de junio de 1828, que determinan "descubierto en que las rentas federales han quedado y de su causa”. Citando lo anterior, el ministro de Hacienda, José Ignacio Esteva, en su Memoria correspondiente a 1828, informó al Congreso la disminución del monto de los ingresos, un sensible descenso respecto de los años anteriores.
  • Se funda banco de Avío

    Se funda banco de Avío
    Fué fundado para el fomento de la industria nacional con un capital de un millón de pesos, “...establecimiento que en manos puras y verdaderamente patriotas habría sido una fuente inagotable de felicidad para la nación”. Se repartieron por cuenta del Banco desde su fundación hasta el 30 de noviembre de 1832, 477,615 pesos 1 real 8 gramos”... y no vemos más provecho de aquellas inversiones, que algunas máquinas tiradas en el camino de Veracruz.
  • Se instalaron las comisarías generales de hacienda, crédito público y guerra

    No sólo se reconocieron al contador mayor las facultades de intervención en los cortes de caja y de autorización de los libros, sino que se dio la facultad de tomar en cuenta y razón de las relaciones de todos los contadores, comisarios y subcomisarios encargados de recaudar fondos, y la de registrar y firmar los despachos y nombramientos de todos los empleados civiles y
    militares.
  • El manejo y estado que guardó la hacienda pública

    El manejo y estado que guardó la hacienda pública
    El entonces secretario de Hacienda, Valentín Gómez Farías, solicitó al señor Juan Antonio Unsueta, contador mayor,que manifestase el manejo y estado que guardó la hacienda pública en los años 1830, 1831 y 1832, es decir, básicamente el lapso del gobierno de
    Anastasio Bustamante. Del informe respectivo, se cita lo siguiente en la obra México a través de los informes presidenciales. La hacienda pública (Cámara de Diputados, XLVI Legislatura, 1966)
  • Se sentaron las bases fundamentales del régimen centralista en la hacienda pública

    se sentaron las bases fundamentales del régimen centralista en la hacienda pública por medio de leyes constitucionales en donde la Comisión Inspectora de la Cámara de Diputados, a la que estaría adscrita en lo sucesivo la Contaduría Mayor de Hacienda. Conveniente comentar los resultados y los diversos ordenamientos decretados durante el centralismo organización y control de la hacienda pública, basados en testimonios consignados en las Memorias de los secretarios del ramo.
  • Se presenta la primera Memoria ante el Congreso

    la primera Memoria que se presentó al Congreso fue la de Joaquín Lebrija, que hablaba de las dificultades que se tenían para formar una cuenta completa de la hacienda pública.
  • Se estableció el Tribunal de Revisión de Cuentas

    Del cual pasó a formar parte la Contaduría Mayor de Hacienda.
    El tribunal estaría integrado por tres salas: en la primera instancia juzgarían tres contadores mayores (los que hasta entonces habían estado a cargo de las secciones de hacienda y de crédito público de la Contaduría Mayor de Hacienda y otro que nombraría la Cámara de Diputados); la segunda y tercera salas conocerían de los recursos ulteriores y serían las mismas de la Suprema Corte de Justicia, según su turno.
  • Se publicó el Reglamento del Tribunal de Revisión de Cuentas y su Contaduría Mayor

    Se publicó el Reglamento del Tribunal de Revisión de Cuentas y su Contaduría Mayor
    Nada se había adelantado respecto de la contabilidad. La inobservancia de las disposiciones, los trastornos públicos, los cambios de sistemas políticos y la falta de congresos, originó que se volviera a presentar la Memoria de hacienda hasta el 31 de enero de 1844. Esta memoria expresaba el gran atraso que guardaba el ramo de contabilidad, debido al sistema oscuro y complicado que se vivía en las oficinas de hacienda.
  • Se extingue el Tribunal de Revisión de Cuentas

    Se extingue el Tribunal de Revisión de Cuentas
    Se restablecen las atribuciones de la Contaduría Mayor de Hacienda. Ordenadas así la administración y contabilidad en las oficinas de hacienda, en 1853, recién establecida la última dictadura militar de López de Santa Anna Pérez de Lebrón, se expidió un decreto por el cual se centralizan las rentas públicas, haciéndolas depender del gobierno central; las oficinas recaudadoras quedarían sujetas a las direcciones generales que se crearan, y las distribuidoras a la Tesorería General.
  • Se transforma nuevamente la Contaduría Mayor de Hacienda

    Se transforma nuevamente la Contaduría Mayor de Hacienda
    Se transformó nuevamente la Contaduría Mayor de Hacienda y Crédito Público en Tribunal de Cuentas, estando al frente el presidente Santa Anna. El tribunal se compondría de dos salas, una de primera y otra de segunda instancia. Había tres contadores mayores: uno para la primera y dos para la
    segunda, con un magistrado de hacienda de ésta. El tribunal no
    tendría ninguna relación con la Cámara de Diputados, ya que no se alude a la comisión inspectora.
  • Tribunal de Cuentas

    Como sección de Tribunal de Cuentas se estableció una contaduría mayor encargada de interpretar las cuentas de las oficinas de hacienda, y el 5 de febrero de 1857 la Contaduría Mayor de Hacienda quedó adscrita al Congreso; el 10 de febrero se publicó el decreto que restableció dicha institución, con la planta de empleados que tenía según la ley de mayo de 1826, salvo algunas
    modificaciones.
  • Cuenta general de la nación

    Cuenta general de la nación
    El 31 de marzo siguiente se dispuso la cuenta general de la nación se llevara por la Tesorería y se suprimieron las pagadurías.
    El presidente Benito Juárez, en la apertura de sesiones, el 9 de mayo de 1861, expresó al Congreso de la Unión: La hacienda pública se encuentra en lamentable situación, que no pueden remediar las Leyes de Reforma ni la nacionalización de los bienes de manos muertas, en medio de las circunstancias apremiantes del momento y de urgencia que no admiten demora.
  • Se estableció una ley sobre la Junta Superior de Hacienda

    Con esta se trató de salvar la crisis que entonces había producido la cuestión hacendaria, se determinó que las aduanas marítimas y oficinas recaudadoras de las rentas federales entregaran todos sus productos líquidos a la Tesorería General, sujetándose a las órdenes del ministerio de Hacienda. Esta ley estableció una Junta Superior de Hacienda, compuesta de un presidente y cuatro vocales, encargados de liquidar la deuda nacional, cobrar créditos activos del erario.
  • Sendos decretos

    Mediante sendos decretos, se facultó al contador mayor de hacienda para que requiriera a las dependencias toda la información necesaria para el ejercicio de sus funciones y se estableció un
    agente especial de negocios anexo a la Contaduría Mayor de
    Hacienda.
  • Decreto por Juárez

    Decreto por Juárez
    El propio presidente Juárez decretó se establecieran un “agente especial de negocios” anexo a la Contaduría Mayor de Hacienda, con el fin de “promover, agitar, seguir, expeditar y abreviar” todos los negocios en que se interesara la hacienda pública. Sacar bajo su conocimiento los asuntos, escrituras y demás documentos que conforme a las leyes deben entregarse a la contaduría mayor, entregarlos a ésta, recogerlos y devolverlos a la secretaría o escribanía que se los haya entregado.
  • Estatuto Provisional

    Estatuto Provisional
    Maximiliano emitió el Estatuto Provisional del Imperio Mexicano, por el cual se restableció el Tribunal de Cuentas.
  • Decreto realizado por Don Benito Juárez

    Decreto realizado por Don Benito Juárez
    Benito Juárez reformó la planta de la Contaduría Mayor de Hacienda, que quedó a cargo de un contador mayor y se agregaron, con carácter provisional, pero por tiempo indefinido, dos secciones liquidadoras de la deuda interna.
  • El presidente Juárez informó al Congreso

    El presidente Juárez informó al Congreso
    En el Departamento de Hacienda se ha evitado, ejercer las facultades de que me ocupo, toda contribución extraordinaria, préstamo forzoso o cualquiera otra exacción que pudiera lastimar a nuestro pueblo, tan empobrecido por la guerra, a nuestra industria y comercio, abatidos por la misma causa y, se han proporcionado los recursos necesarios para la activa campaña contra los revoltosos, celebrando algunos contratos, sin ser gravosos para el erario.
  • Reformas al artículo 72 constitucional

    Reformas al artículo 72 constitucional
    De acuerdo con las reformas al artículo 72 constitucional, el 13 de noviembre de 1874 se restituyeron a la Cámara de Diputados, entre otras facultades exclusivas, las de vigilar el desempeño de las funciones de la Contaduría Mayor de Hacienda, por medio de una comisión inspectora de su seno, y nombrar a su personal.
  • Se aprobó el Reglamento Económico Provisional de la Contaduría Mayor de Hacienda.

    la Comisión Inspectora de la Cámara de Diputados aprobó el Reglamento de la Contaduría de Hacienda. Se establecieron las bases relativas a la presentación de proyectos de presupuesto de egresos, que el Ejecutivo presentaría anualmente a la Cámara de Diputados, ordenando que se comprendieran todos los gastos u obligaciones que debía reportar el erario federal. Esta ley dio una nueva organización a la Tesorería General, atribuirle facultades de fiscalización al cumplimiento de las leyes.
  • Expedición de otro decreto

    se expidió otro decreto que constituía la primera Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda; en ésta, se instituyó el puesto de oficial mayor, por lo que se reforma su reglamento para establecer las obligaciones de ese funcionario, y ampliando las facultades de la contaduría mayor mediante la asignación de algunas responsabilidades
  • Se reglamentó la conservación e inutilización de los libros y documentos de la Contaduría Mayor de Hacienda.

    Se reglamentó lo relativo a la conservación e inutilización de los libros y documentos de la Contaduría Mayor de Hacienda y se expidió una ley para normar la organización y funciones de la Contaduría Mayor de Hacienda.
  • Se expidió una segunda Ley de la Contaduría Mayor de Hacienda

    Se expidió una segunda Ley de la Contaduría Mayor de Hacienda
    El presidente Porfirio Díaz expidió una segunda Ley de la Contaduría Mayor de Hacienda, que derogaba la anterior de mayo
    de 1896, y el 15 de diciembre de 1904 se publicó el reglamento respectivo. Un importante cambio ocurre posteriormente cuando, al promulgarse la Constitución de 1917, se establece la facultad del Poder Legislativo para expedir la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor y vigilar por medio de una comisión legislativa el exacto cumplimiento de sus funciones.
  • Se expide el régimen Interior de la Contaduría Mayor

    la Comisión Inspectora expidió el Régimen Interior de la Contaduría Mayor, en el precisaba lo dispuesto en la ley y el reglamento de 1904. Posterior en la Constitución de 1917, en su artículo 73, fracción XXIV se confirió al Congreso la facultad de expedir la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda se establecieron las facultades exclusivas de la Cámara de Diputados, que consistían en expedir el Bando Solemne para dar a conocer en toda la República, la declaración de Presidente electo.
  • Estalla la Revolución Mexicana

    Estalla la Revolución Mexicana
    Durante este entallamiento y tras esa etapa de inestabilidad social y política, se promulgó la Constitución de 1917, en la que se ratificó a la Contaduría como la entidad legislativa responsable de supervisar los gastos públicos
  • Cámara revisora

    Dio cuenta de las propuestas hechas por el diputado Luis Cabrera, del artí. 1 “Departamento de Contraloría” artículo bis: Departamento de Contraloría se organizará bajo la forma de Departamento especial, independiente de la Secretaría de Hacienda bajo las inmediatas órdenes del Presidente de la República. Comprenderá toda la contabilidad de la nación y glosa de toda clase de egresos e ingresos de la administración pública, deuda, relaciones Contaduría Mayor de Hacienda Cámara de Diputados.
  • Fué creado el Departamento de Contraloría

    Fué creado el Departamento de Contraloría
    Se impuso crear un órgano dotado de autoridad e independencia, que se constituyera en guardián del presupuesto, garante del orden en el manejo de los fondos públicos y administración del patrimonio nacional. En respuesta a esta necesidad, fue creado el Departamento de Contraloría mediante la Ley Orgánica de Secretarías de Estado. Obedeció a la necesidad de contar con una oficina que ejerciera una inspección eficaz sobre el manejo de fondos y bienes de la nación.
  • Banco de México

    Banco de México
    Abrió sus puertas y constituyó la consumación de una aspiración largamente acariciada por el país.
    Poco recordado es actualmente el hecho de que los antecedentes de esta institución se remontan al menos hasta principios del siglo XIX. En fecha tan remota como 1822, durante el imperio de Agustín de Iturbide, la historia registra la presentación de un proyecto para crear una institución con la facultad para emitir billetes que se denominaría “Gran Banco del Imperio Mexicano”.
  • Se inauguró el Banco de México

    Se inauguró el Banco de México
    El acto fue presidido por el primer mandatario Plutarco Elías
    Calles, personajes sobresalientes en la política, las finanzas y los negocios. Al Banco se le confirió la facultad de crear moneda, la acuñación de piezas metálicas la emisión de billetes; se encargó la regulación de la circulación monetaria, los tipos de interés y cambio sobre el exterior. Se dejó en libertad a los bancos comerciales para asociarse o no con el Banco de México.
  • Asesinato del general Álvaro Obregón

    Asesinato del general Álvaro Obregón
    vino a complicar el ámbito político, en un marco de dificultades económicas nacionales e internacionales. En ese mismo 1928, Montes de Oca acordó la creación de tres dependencias: la Comisión de Presupuestos, la Oficina de Impuestos Sobre
    Sucesiones y Donaciones, y el Departamento de Biblioteca y Archivos Económicos, hoy Biblioteca Miguel Lerdo de Tejada. Dispuso la centralización de la Casa de Moneda y la Oficina Impresora de Hacienda.
  • Se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública

    se publicó en el Diario Oficial de la Federación el primer reglamento interior de esta secretaría, fue reformado por decreto presidencial publicado. Posteriormente, el 16 de enero de 1989 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un nuevo reglamento interior para la dependencia, Este fue reformado y adicionado decretos presidenciales. los días 26 de febrero de 1991. Fe de erratas de 27 de febrero de 1991, 27 de julio de 1993. Fe de erratas de 5 de
    agosto de 1993 y el 19 de abril de 1994.
  • Se reformó la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

    con el propósito fundamental de que el Estado dispusiera de mejores instrumentos para llevar a cabo, a través de la administración pública federal, sus tareas de gobierno con oportunidad y eficiencia, bajo un esquema de organización que evitara duplicación de funciones y precisara responsabilidades.
    Dentro de este contexto se modificó el nombre de la dependencia —por su denominación actual, Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.
  • Reformas a las leyes Orgánica de la Administración Pública Federal

    Reformas a las leyes Orgánica de la Administración Pública Federal
    Facultar a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo
    para designar y remover directamente a los contralores internos de las dependencias y entidades
    Conferir atribuciones directas a los órganos internos de control de las entidades paraestatales para iniciar el procedimiento administrativo a los servidores públicos
    Dotar del carácter expreso de órganos de autoridad a las contralorías internas, mención específica de su estructura básica, a partir de la atención de quejas y denuncias
  • Reformas al Reglamento Interior de la Secodam

    Reformas al Reglamento Interior de la Secodam
    Expresamente, artículo 26, fracciones III y IV, se precisan las facultades de los titulares de los órganos internos de control de las dependencias y entidades, y los de las áreas de auditoría,
    quejas y responsabilidades. Es conveniente destacar que en el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 se adoptó como línea de acción de las actividades del Ejecutivo federal en materia de control, promover la probidad y rendición de cuentas como elemento esencial del proceso de reforma del Estado.
  • Código de Ética

    El titular de la SECODAM dió a conocer el Código de ética de los servidores públicos de la Administración Pública Federal.
  • Auditoría Superior de la Federación

    Auditoría Superior de la Federación
    Está ampliando sus labores y ahora está siguiendo de cerca a los Congresos locales, los beneficios fiscales y la Guardia Nacional, informó David Rogelio Colmenares Páramo, auditor superior de la Federación.
    "Hoy estamos ampliando la fiscalización y estamos auditando a todos los Congresos locales, nunca se había hecho"
  • DOF. Diario Oficial de la Federación › Auditoria Superior de la Federación

    DOF. Diario Oficial de la Federación › Auditoria Superior de la Federación
    Acuerdo por el cual se amplía la suspensión de los plazos y términos legales en la Auditoría Superior de la Federación a que se refiere el diverso Acuerdo publicado el 15 de mayo de 2020, debido a la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor ocasionada por el virus SARS- CoV2 (COVID-19) y con motivo del semáforo rojo en que se encuentra la Ciudad de México conforme al plan gradual hacia la nueva normalidad. Alumno: Ramos Vásquez Andrés