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Period: to
Administración pública de 1821
se establecen 4 ministerios (antes así llamados): Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra -
administración pública de 1824
Posteriormente en 1824 en la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos se establece que habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno, esto estipulado en el artículo 117. -
administración pública de 1857
se facultó al presidente nombrar a los secretarios y cambiar el nombre de los ministerios. -
administración pública de 1917
Venustiano Carranza en 1917 creó secretarías, y departamentos, y, siendo el encargado del poder ejecutivo federal -
administración pública de 1958
En 1958 se envió un proyecto de una nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, esta ha venido a derogar el ordenamiento de las secretarías y departamentos, así como la facultad que tiene el ejecutivo federal para nombrar a secretarios que estén al frente de éstas, este ordenamiento y facultad sigue vigente hasta hoy. -
administración pública federal centralizada y paraestatal 2016
reforma del articulo 90 constitucional en el que “precisa que la Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal; adiciona en la centralización a los Departamentos Administrativos y dispone que la ley reglamentaria definirá las bases generales de creación de las entidades paraestatales, el Ejecutivo Federal y las Secretarías de Estado y Departamentos Administrativos.” (Administración Pública Federal, s.f.:13). -
(LOAPF, 2016).
La LOAPF menciona que las secretarías cuya dependencia es centralizada tienen el mismo rango entre ellas, siendo éstas parte auxiliar del presidente de la República en función administrativa; actualmente se cuenta con 18 secretarías: