Victimas de un delito desde el Derecho Pre-Colonial, Colonial hasta el México Independiente
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100
Periodo de La Venganza Privada
Características:
La función represiva se encontraba en manos de la víctima o víctimas.
La venganza se apoyaba en la colectividad, mediante apoyo material o moral en contra del victimario.
Se reconocía el derecho de la víctima para ejercitar su venganza.
Generalmente la venganza era desproporcionada y excesiva con relación a la ofensa cometida en contra de la víctima. -
Period: 100 to 500
Periodo de Venganzas
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200
Periodo de la Venganza Divina
Las tribus o clanes primitivos se regían a través de creencias mágicas y religiosas que a través del mandato de diversos dioses debían ser cumplidas, era en sí, respetar aquél "TABÚ", impuesto por ellos, es decir, respetar lo sagrado y prohibido, ya que en caso de no hacerlo, existía un castigo severo y se creía que provocaba además una serie de desgracias al infractor y a su familia, por haber cometido una conducta contraria a lo establecido. -
300
Venganza Divina Colectiva
Con las primeras sociedades, las violaciones al “TABÚ” eran excesivas y apoyadas por la colectividad en contra del infractor, ya que se pensaba que a través del castigo severo, de cierta manera se reparaba el daño ocasionado a lo que los dioses o seres superiores habían establecido, ya que en caso contrario traerían consecuencias trágicas para la tribu o clan, por lo que no podía excluirse dicho castigo al violador de la norma establecida en la incipiente sociedad. -
400
Jerarquía de la Víctima en tiempos Primitivos
Desde cualquier punto de vista, la venganza era algo que se justificaba por el daño que el infractor había ocasionado, quedando así, la justicia en manos de la víctima o su familia.
Características
No existía relación de magnitud.
No existía adecuación de la venganza conforme al daño ocasionado por el infractor, por lo tanto, en general la venganza era excesiva y desproporcionada.
La victima ocupaba una jerarquía muy alta, ya que en sus propias manos recaía la justicia y la aplicación de la pena -
500
Limitaciones de la Venganza- Ley del Talión
Fuentes: Código de Hammurabi, Manú, XII Tablas, Zend- Avesta.
Se trata de buscar la proporción del daño inferido con la respuesta de la víctima, y surge el control político de los nacientes Estados.
Se castiga aritméticamente, es decir, ojo por ojo y diente por diente.
Se busca aplicar la sanción de manera proporcional al daño causado.
Se desvincula la facultad que antes poseía la víctima o sus familiares para manejar o ejecutar el castigo, ahora dicha facultad la posee un Juez imparcial. -
Jan 1, 700
La Composición como limite de la venganza
Se trataba de una forma a través de la cual, el ofensor era rescatado de la venganza del ofendido y su familia, a través de un pago de dinero que de cierta forma servía para resarcir el daño ocasionado por el infractor.
Características:
El estatus de la víctima aún se encuentra a un nivel importante, ya que ahora, será la que determine la cantidad del pago que el infractor deberá solventar para que el daño sea resarcido y evitar así, la pena que debió sufrir por haber cometido la agresión.
La vi -
Jan 1, 800
La Composición en México, Cultura Maya
En la cultura Maya, la Composición estaba prevista para ciertos delitos como el homicidio culposo, la muerte no procurada por el cónyuge, daño en propiedad ajena e incendio ocasionado por imprudencia, y este debía ser pagado con los bienes del propio ofensor, de su mujer o de sus familiares. -
Jan 12, 1321
ÉPOCA PREHISPANICA
Delitos y sanciones que se imponían en el territorio de la triple alianza México, Texcoco y Tacuba -
Period: Jun 22, 1324 to Jun 22, 1521
ÉPOCA PREHISPANICA
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Jan 12, 1325
PRISIONES EN LA ÉPOCA PREHISPANICA
TEILPILOYAN.-Para deudores y reos exentos de la pena capital -
Jan 12, 1380
PRISIONES ÉPOCA PREHISPANICA
CAUHCALLI.-Para delitos graves -
Jan 12, 1400
PRISIONES EN LA ÉPOCA PREHISPANICAS
MALCALLI.-Para prisioneros de guerra -
Jan 12, 1420
PRISIONES EN LA ÉPOCA PREHISPANICA
PETLACALLI.-Para reos de faltas leves -
Jan 12, 1429
CONDUCTAS Y SANCIONES DESCRITAS AL DERECHO PENAL PREHISPANICO
El pueblo conocía las normas de conducta a través de las pinturas jeroglíficas, por lo cual no había una codificación ni sistematización de las mismas. -
Jan 12, 1450
CONDUCTAS Y SANCIONES DESCRITAS AL DERECHO PENAL PREHISPANICO
Se permitía la venganza privada en ciertos supuestos, por tanto, no siempre intervenía el juez ni se seguía un proceso para imponer las sanciones. -
Jan 14, 1455
CONDUCTAS Y SANCIONES DESCRITAS AL DERECHO PENAL
DIVERSIDAD DE SANCIONES.-La muerte, esclavitud, privación de la libertad, castigos corporales, destierro, confiscación, e incluso tan singulares como la demolición de la casa del infractor. -
Jan 14, 1520
CONDUCTAS Y SANCIONES DESCRITAS AL DERECHO PENA
DURACIÓN DE LAS PENAS.-Su forma de ejecución dependían de la clase social del delincuente. -
Jan 14, 1521
CONDUCTAS Y SANCIONES DESCRITAS AL DERECHO PENA
DURACIÓN DE LAS PENAS.-Su forma de ejecución dependían de la clase social del delincuente. -
Period: Jan 21, 1521 to
ÉPOCA COLONIAL
Se establecieron las Instituciones Jurídicas que regularían la vida de los nuevos territorios españoles, las leyes aplicables como las penas a imponer se determinaba atendiendo la raza del condenado. -
Jan 20, 1522
ÉPOCA COLONIAL
EL DELITO SE CONCIBIÓ.-Religiosa y política, como un acto pecaminoso que infringe a los cánones de la religión, como una agresión perjudicial a la seguridad y armonía de los individuos asociados. -
Jan 20, 1542
ÉPOCA COLONIAL
LEGISLACIÓN ESPAÑOLA.-Era heterogénea y caótica desde el punto de vista legislativo, desigual, injusta, arbitraria y cruel para el individuo, se aplicaba mediante un procedimiento, secreto e inquisitivo que ignoraba las garantías de defensa y de la persona humana. -
Jan 20, 1542
ÉPOCA COLONIAL
LEYES EMITIDAS PARA LA NUEVA ESPAÑA.- A los conquistadores se les aplicaba las leyes que regían en la península, a los indígenas y negros se les aplicaba las leyes emitidas por la Nueva España. -
ÉPOCA COLONIAL
ORDENAMIENTOS APLICADOS EN LA NUEVA ESPAÑA.-La Novísima Recopilación y Las Siete Partidas. -
ÉPOCA MÉXICO INDEPENDIENTE
CONSTITUCIÓN DE APATZINGÁN.-Se encuentran las bases constitucionales para la promulgación de la futuras leyes penales como son el principio de legalidad artículo 21 y los fines de la pena artículo 23 -
Period: to
ÉPOCA MÉXICO INDEPENDIENTE
La estructura política centralismo o federalismo, se promulgan las leyes penales de la Nueva República. -
ÉPOCA MÉXICO INDEPENDIENTE
Se elaboró el bosquejo de Código Penal para el Estado de México sin llegar a ser expendido. -
ÉPOCA MÉXICO INDEPENDIENTE
Código Penal de Veracruz, se expidió el primer ordenamiento penal de nuestra historia, tomo como modelo el Código Penal Español de 1822 -
EPOCA MÉXICO INDEPENDIENTE
CONSTITUCIÓN 1857.-Adopto el Sistema Federal, emisión de Leyes Penales, emitir un Código Penal para toda la federación y territorio federales se reservas a los estados la facultad para legislar en materia penal para los delitos del orden común. -
Reforma Constitucional 2008
A partir del 18 de junio de 2008, la reforma a la CPEUM establece las bases de un nuevo sistema en materia de seguridad pública y justicia penal, que deberá de aplicarse a más tardar el 17 de junio de 2016