UNIDAD 1 ANTECEDENTES Y EVOLUCIÓN DEL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

  • DATA INSPECTION BOARD

    DATA INSPECTION BOARD
    En Suecia, entra en vigor la primera ley en el mundo para la protección de la información de particulares contando con un organismo que supervisará el cumplimiento de la misma llamado Data Inspection Board.
  • PRIVACY ACT

    En Estados Unidos una ley de carácter general titulada Privacy Act.
  • OCDE

    OCDE
    En el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico se pronuncia una recomendación indicando las pautas relativas a la protección de la privacidad y límites de transferencia de datos personales, que constituyó el primer instrumento supranacional que analiza a profundidad el derecho a la protección de estos datos.
  • EUA

    Se aprobó un Convenio para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal con la intención de maximizar el amparo y el cuidado de la información privada de cada sujeto.
  • BRASIL

    Primer país latinoamericano promulga una Ley de Protección de Datos
  • CARTA DE DERECHOS FUNDAMENTALES

    Se aprueba la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en donde se realzó la protección de los datos personales como un derecho fundamental
  • LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INF.

    LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INF.
    México toma la iniciativa con la entrada en vigor de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la creación del organismo que se encarga de supervisar la mencionada ley: el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI). Su campo de vigilancia solamente son las entidades de la Administración Pública Federal así como también los organismos autónomos como el Instituto Federal Electoral (IFE) y la CNDH.
  • EVOLUCIÓN EN MÉXICO.

    Se presenta al pleno de la Cámara de Diputados un proyecto que reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se formula como regente del ejercicio de acceso a información la protección de los datos personales y lo referente a la vida privada.
  • DERECHO DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.

    La Cámara de Senadores realizó el escrutinio de los votos de las legislaturas de los Estados y emitió la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto
    El Estado Mexicano da el primer paso al reconocer el derecho de protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo, contribuyendo a mejorar la dignidad humana al garantizar la no injerencia y uso indiscriminado y excesivo de los datos de las personas que circulan a diario por el avance de las tecnologías de la información.
  • APROBACIÓN DE REFORMAS.

    Con la aprobación de dichas reformas se reafirman las bases para la creación de una ley en la materia que legisle el tratamiento de datos personales en posesión del sector privado.