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Primer Ley de Justicia Fiscal
Entra en vigor la Ley de Justicia Fiscal y con ella inician las actividades del entonces Tribunal Fiscal de la Federación, integrado por 15 magistrados que podían actuar en Pleno o a través de cinco Salas. -
Derogación y Nueva Ley
La Ley de Justicia Fiscal, fue derogada por el Código Fiscal de la Federación, conservando la competencia del tribunal -
Nuevas facultades del Tribunal
La Ley de Depuración de Créditos otorga competencia para conocer de esta materia a cargo del Gobierno Federal, se amplía al conocer sobre la legalidad de los requerimientos de pago realizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, conocer las controversias que surgían por las resoluciones emitidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social. -
Nuevas salas
Se crean dos Salas más, que aumenta el número de magistrados a veintiuno. -
Ley Orgánica del Tribunal
Se expide una nueva Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación, en la que se previeron los aspectos orgánicos del propio Tribunal, incrementándose a veintidós magistrados, integrando las siete Salas que ya existían -
Sustitución de Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federacion
A esta Ley la sustituye una nueva que se expide con el mismo nombre en la que se prevé la Regionalización del Tribunal, creándose las Salas Regionales y la Sala Superior, precisándose la competencia de ambas la diferencia era fundamentalmente respecto a la cuantía del asunto. -
Recurso de Revisión
Se otorga a la Sala Superior facultades para revisar las sentencias dictadas por las Salas Regionales. -
Nuevo Código Fiscal
Se expide un nuevo Código Fiscal, conservando las normas procesales en los mismos términos, se incluyen en este ordenamiento las disposiciones relativas a la queja, para lograr el adecuado cumplimiento de las sentencias. -
Actualización de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación
Conservando su nombre y la competencia, pero modificando la integración de la Sala Superior de nueve magistrados a once, así como su forma de operación a través de Pleno o Secciones -
Reformas del Tribunal
El cambio de nombre de la Ley Orgánica y del nombre de la Institución, por el de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, le otorga competencia para conocer de los juicios que se promuevan contra las resoluciones dictadas por las autoridades que pongan fin a un procedimiento administrativo, a una instancia o resuelvan un expediente en los términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo -
Jurisdicción de las salas
Se facultó a la Sala Superior para determinar la jurisdicción territorial de la salas regionales, así como su número y sede, se modificó la competencia territorial de las salas regionales ahora serán competentes para conocer del juicio, aquellas en donde se encuentre la sede de la autoridad demandada. -
Nuevas reformas al Código Fiscal de la Federacion
1.- Se cambia el nombre de "Procedimiento Contencioso Administrativo" por el de "Juicio Contencioso Administrativo"
2.- El actor debe señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la jurisdicción de la sala regional, y de no hacerlo las notificaciones se le harán por lista
3.- Se establece como facultad de las salas, y a petición de parte, el otorgamiento de la suspensión de la ejecución del acto impugnado -
Nuevas reformas al Código Fiscal de la Federacion Parte 2
4.- Se establece la posibilidad de señalar domicilio electrónico para recibir notificaciones
5.- Se establece que en la sentencia se podrá declarar la existencia de un derecho subjetivo, cuando previamente se pruebe su existencia, y condenar al cumplimiento de una obligación, además anular la resolución impugnada
6.- Se le otorga al pleno de la Sala Superior la facultad para establecer jurisprudencia por contradicción de tesis.