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Artículo 6° de la Constitución
Se presenta al pleno de la Cámara de Diputados un proyecto que reforma el articulo 6° de la Constitución Mexicana, en donde se formula como regente del ejercicio de acceso a información la protección de los datos personales y lo referente a la vida privada. -
Artículo 73° de la Constitución
Se presenta ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución, el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares. -
Protección de datos en posesión de los partículares
El dictamen es aprobado por unanimidad -
El Senado
El Senado recibe el dictamen de referencia para la protección de datos personales. -
Derecho fundamental y autónomo
Se presenta ante el Pleno de la Cámara de Senadores un
proyecto en el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo. -
Comisiones de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos
El dictamen fue aprobado por 97 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención sin modificación alguna. -
Primera lectura del dictamen
Al dictamen le fueron dispensados los trámites correspondientes y se debatió y aprobó en lo general y en lo particular con 340 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones sin modificación alguna. -
Aprobación del decreto
La Cámara de Senadores realizó el escrutinio de los votos de las
legislaturas de los Estados y emitió la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto. -
Publicación oficial
Se pública la reforma correspondiente en el Diario Oficial de la Federación, dando paso a el Estado Mexicano para reconocer el derecho de protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo. -
Se aprueba la reforma constitucional
Es aquí cuando la mayoría de las legislaturas locales aprobaron la reforma constitucional propuesta por el Congreso Federal y ésta
es publicada en el Diario Oficial de la Federación. -
IFAI
Se produce la transformación como un organismo público
descentralizado de la Administración Pública Federal con autonomía operativa del Instituto Federal
de Acceso a la Información y Protección de Datos, al cual se le nombrará IFAI. -
Publicación de la Ley Federal
La Ley Federal de Protección de Datos
Personales en Posesión de Particulares (LFPDPPP.)
Dentro de esta se indica que los sujetos que se encuentran como responsables del tratamiento de datos personales, deberán observar los principios de licitud, proporcionalidad, calidad, finalidad, consentimiento, información, lealtad y responsabilidad. -
ARCO
Inicia el procedimiento de protección de derechos ARCO (derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición.)