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Primera etapa, establecimiento de los ministerios.
Poner todo en orden en cuanto a la Administración Pública se establecen cuatro ministerios (antes así llamados): Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios
Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra (Sierra, s.f.). -
Segunda Etapa
Se establece que habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno, esto estipulado en el artículo
117. Las funciones de los secretarios y obligaciones se ocuparon los articulos 118 al 122 -
Siete leyes constitucionales, Tercera Etapa
Siendo la cuarta ley la que expone en sus artículos del 28 al 34. El primero expone que habrá cuatro ministerios, del Interior, Relaciones Exteriores, Hacienda y Guerra y Marina. -
Junta Nacional Legislativa, cuarta etapa
Bases de la organización política de la República Mexicana, articulo 93 del ministerio que estipulaba que todos los negocios del gobierno estarían a cargo de cuatro ministerios, Relaciones Exteriores, Gobernación y Policía, de Justicia, Negocios Eclesiásticos, Instrucción publica e industria, de Hacienda y de Guerra y de Marina -
Bases para la Administración de la República. Quinta etapa
En el articulo 10, el despacho de los negocios se establecen cinco secretarias de Estado; Relaciones Exteriores; Interiores, Justicia, Negocios Eclesiásticos, e Instrucción Pública; de Fomento, Colonización, Industria y Comercio; de Guerra y Marina; Hacienda -
Estatuto Orgánico Provisional de la República Mexicana, Sexta Etapa.
En su articulo 86 estableció que para el despacho de los negocios continuarían los ministerios de Relaciones Exteriores. Gobernación, Justicia, Fomento, Guerra y Hacienda. -
Decreto sobre la Distribución de los ramos de la Administración Pública. Séptima Etapa
Entre seis Secretarias de Estado: Relaciones Exteriores; Gobernación de Justicia e Instrucción Pública; de Fomento, de Comunicaciones y Obras Públicas; de Hacienda, Crédito Publico y Comercio; de Guerra y Marina. -
Decreto de como debían distribuirse los negocios entre las Secretarias de Estado, Octava Etapa.
Se instituyen siete secretarias: Relaciones Exteriores; Gobernación: Justicia e Instrucción Publica; Fomento; Comunicaciones y Obras Publicas; Hacienda, Crédito Público y Comercio; Guerra y Marina, pero en 1905 por decreto de del Congreso General se crearon las Secretarias Estado y del despacho de Instrucción Publica y Bellas Artes -
Novena etapa, Venustiano Carranza, Primer jefe del Ejercito Constitucionalista.
Expidió un decreto que en su articulo 1°, creo en sustitución de la Secretaria de Fomento, Colonización e Industria, otras dos Secretarias. la de Fomento y la de Industria y Comercio -
Décima Etapa, el mismo Venustiano Carranza, expide una ley.
En su articulo 1° decía que para el despacho de los negocios del orden administrativo federal habra seis secretarias y tres departamentos -
Gobierno del Gral. Alvaro Obregon, etapa once.
Publica el decreto que en su articulo 1° creaba un departamento mas denominado de Estadística Nacional -
Etapa doce, Presidente Rodriguez, Ley de secretarias de Estado
Que en su articulo 1°, estipulaba, que para el despacho de los negocios de orden administrativo habrá las siguientes dependencias: Secretaria de Gobernación, de Relaciones Exteriores, De Hacienda y Crédito Público, De Guerra y de Marina, de Economía Nacional, de Agricultura y Fomento, de Comunicaciones y Obras Públicas, SEP, cuatro departamentos y dos procuradurias. -
Etapa doce, Gral. Lázaro Cárdenas, Ley de secretarias y departamentos de estado.
en su articulo 1° decía que las dependencias del gobierno federal son ocho secretarias y seis departamentos -
Gral. Manuel Avila Camacho. Decreto dos leyes.
Que reformaron la ley anterior elevando a Secretarias los departamentos Marina y del Trabajo. -
Lic. Miguel Aleman Valdes, Ley de secretarias y departamentos de estado.
En su articulo 1°, menciona que hay 13 secretarias y dos departementos -
Proyecto de una nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado
Esta ha venido a derogar el ordenamiento de las secretarías y departamentos, así como la facultad que tiene el ejecutivo federal para nombrar a secretarios que estén al frente de éstas, este ordenamiento y facultad sigue vigente hasta hoy