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Decreto sobre el establecimiento de los Ministerios que aporobó la Junta Soberana Provisional Gubernativa
Estableciendo 4 denoiminados: Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra (Sierra, s.f.). -
Artículo 117 de la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos
Establece que habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno -
Artículo 85, Sección II de la Constitución Federal
Facultó al presidente para nombrar y remover libremente a los secretarios del despacho, pero sin mencionar cuántos habían de ser y el nombre de los ministerios. -
Venustiano Carranza expide la Ley de Secretarías de Estado
Creó organismos auxiliares del Poder Ejecutivo, siete Secretarías de Estado y 5 Departamentos -
El General Manuel Ávila Camacho expide 2 Leyes
Elevó a categoría el Departamento de Marina y Departamento de Trabajo a Secretarías, quedando el último como Secretaria del Trabajo y Previsión Social. -
Nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado
Marca un cambio relevante en la administración pública -
Reforma constitucional, artículo 90 J. L. Portillo
“Precisa que la Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal; adiciona en la centralización a los Departamentos Administrativos". Evento relevante para la APF. -
Se crea la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
Su función consiste en dar apoyo técnico jurídico al Presidente de la República, Revisar los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos, nombramientos, entre otras.