Principales antecedentes del Derecho Comercial en Argentina

  • 1542

    Leyes de Indias

    Leyes de Indias
    Carlos V emitió las Leyes de Indias mediante las cuales se regulaba la vida social, económica y política de las colonias. Se referían a asuntos religiosos, deberes y competencias de los gobernadores y virreyes, a la organización comercial y a las condiciones sociales de los indígenas.
  • Period: Nov 20, 1542 to

    Antecedentes Coloniales

    1. Año 1542: Carlos V emitió las Leyes de Indias mediante las cuales se regulaba la vida social, económica y política de las colonias. Se referían a asuntos religiosos, deberes y competencias de los gobernadores y virreyes, a la organización comercial y a las condiciones sociales de los indígenas.
  • Ordenanzas de Comercio de Bilbao

    Ordenanzas de Comercio de Bilbao
    Estas Ordenanzas regulaban específicamente el comercio terrestre y marítimo. Trataba temas como los comisionistas, los apoderados mercantiles, el carretaje mercantil, las sociedades colectivas y comanditarias conformes de la época, el régimen de los capitanes, tripulantes y el de los oficiales, las definiciones de sociedades. (https://web.archive.org/web/20160311193455/http://www.forulege.com/dokumentuak/Las_Ordenanzas_de_Bilbao_como_antecedente_de_la_Codificacion_Mercantil_en_Espa%C3%B1a.pdf)
  • Consulado de Comercio de Buenos Aires

    Consulado de Comercio de Buenos Aires
    Este organismo actuaba como tribunal en asuntos mercantiles y seguía la tendencia continental de separar la jurisdicción civil de la mercantil.
    Se ocupaba de los juicios mercantiles y de los problemas de la policía del comercio y establecí el orden de prelación de las normas aplicables.
    Estaba conformado por un prior, dos cónsules, nueve consiliarios, un síndico, un secretario, un contador y un tesorero.
  • Creación de la matrícula para Comerciantes Nacionales

    Creación de la matrícula para Comerciantes Nacionales
    En la Asamblea del Año XIII se creó la matrícula para Comerciantes nacionales junto con nomas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
  • Creación de la Bolsa Mercantil

    Creación de la Bolsa Mercantil
    La Bolsa Mercantil sirvió como antecedente inmediato para la creación de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y comenzó a funcionar por inciativa de Bernardino Rivadavia.
    Algunas de las funciones de los corredores era la de corredores de mercancias, de seguros, de transportes de agua y tierrra, además de ser agentes de cambio.
  • Sanción del Código de Comercio

    Sanción del Código de Comercio
    El Código fue redactado por los juristas Eduardo Acevedo y Dalmacio Vélez Sarsfield, originalmente fue utilizado en el Estado de Buenos Aires que se encontraba separado del resto de las provincias reunidas en la Confederación Argentina. Luego de la unificación de la Argentina, el Código fue declarado nacional y comenzó a regir en todo el país.
    Los autores incluyeron muchas normas de carácter civil dentro de este Código, ya que para ese entonces no existía un Código Civil.
  • Period: to

    Principales Reformas del Código de Comercio de 1862

  • Primer Reforma

    Primer Reforma
    Las principales modificaciones fueron:
    1. El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos;
    2. Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir calidad de comerciante;
    3. Cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte,bolsas, sociedades, compraventa, fianza, cheques y quiebras;
    4. Ajuste en los contratos de mutuo, depósito y prenda, quitando el material que se consideraba civil.
  • Segunda Reforma

    Segunda Reforma
    Mediante la sanción del Decreto-Ley 5965/1963 se incorpora al Código un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
    Regula que las mismas deben contener la promesa de pagar una suma determinada de dinero, el nombre de quien debe hacer el pago, el plazo y lugar del mismo, la fecha y lugar de creación y la firma de quien crea el documento.

    Tambien hace algunas salvedades respecto de ciertas cisrunstancias.
  • Tercera Reforma

    Tercera Reforma
    Se sanciona la ley N° 17418 que incorpora al Código un nuevo régimen de seguros.
    Regula el plazo para impugnar, los reajustes del seguro de vida después del siniestro, la pueba del contrato, la póliza, la diferencia entre póliza a la orden y al portador, los seguros de personas, el cumplimiento del asegurador, el período del seguro, la cláusula de rescisión. (http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/35000-39999/39520/norma.htm)
  • Cuarta Reforma

    Cuarta Reforma
    Se sanciona la ley 19550 que incorpora al Código un nuevo régimen sobre sociedades.
    Regula las asociaciones bajo forma de sociedad, la inscripción en el Registro Público, los plazos para la Inscripción, la publicidad en la documentación, el contenido del instrumento constitutivo, las modificaciones no inscriptas, la omisión de requisitos esenciales, la responsabilidad de los administradores y socios.
  • Quinta Reforma

    Quinta Reforma
    Se sanciona la ley 20094 que incorpora el Código un nuevo régimen para la navegación y la ley 20266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
    En la ley 20094 se regula la ocupación o uso indebido, la innovación en la forma de uso, las facultades de la autoridad marítima, los busques y artefactos navales náufragos.
    En la ley 20266 se regulan las condiciones habilitantes de los martilleros, causales de inhabilidad, los requisitos para la matrícula.
  • Sexta Reforma

    Sexta Reforma
    Se sanciona la ley 24452 que incorpora al Código un nuevo régiken de cheques y la ley 24522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
    La ley 24452 regula las clases de cheques, la transmisión, la presentación y el pago, el recurso por falta de pago, el cheque cruzado, el cheque para acreditar en cuenta, cheque imputado y certificado, la cláusula 'no negociable'.
    La ley 24522 regula la nominatividad de los titulos valores privados, conversión de títulos, el IVA.
  • Séptima Reforma

    Séptima Reforma
    Se sanciona la ley 26579 que modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años con excepción de manutención y obra social, quedando a cargo de los padres hasta los 21 años de edad.
  • Nuevo Código Civil y Comercial

    Nuevo Código Civil y Comercial
    El Código de Comercio fue derogado y pasó a regir en el país el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, poniendo fin al proceso de unificación del derecho privado en Argentina.
    Se encuentra en vigencia en la actualidad siendo la principal fuente del derecho comercial en nuestro días.