Principales Antecedentes del Derecho Comercial Argentino

  • Period: 1500 to

    ANTECENTES COLONIALES

    Durante este periodo se aplicaron las leyes de las Indias y supletoriamente las Leyes de Castilla.
    A partir de la creación del Consulado de Buenos Aires se incorporaron las ordenanzas de Bilbao
  • Audiencia de Buenos Aires

    Audiencia de Buenos Aires
    En 1661 se creó la primera audiencia de Buenos Aires, las audiencias regulaban y controlaban el comercio
  • Creación de la Aduana de Buenos Aires

    Creación de la Aduana de Buenos Aires
    Creada por el Rey Carlos, comenzó a funcionar en 1779
  • Creación del Consulado de Buenos Aires

    Creación del Consulado de Buenos Aires
    Creado mediante Cédula Real, su jurisdicción abarcaba los litigios mercantiles y además ejercía el poder de policía del comercio.
    El régimen jurídico implementado por el Consulado se aplicó hasta 1859
  • Period: to

    ANTECEDENTES ANTERIORES A LA CODIFICACIÓN

    Al producirse la independencia no se sustituyó la totalidad de la legislación vigente, sino que siguió rigiendo con las modificaciones introducidas por leyes y decretos de gobiernos patrios
  • Asamblea del año XIII

    Asamblea del año XIII
    Estableció:
    - la matrícula de comerciantes nacionales
    - normas sobre las consignaciones
    - el nombramiento de peritos contadores
  • Creación de la Bolsa Mercantil

    Creación de la Bolsa Mercantil
    • se instaló en 1822
    • se dictó la ley reglamentaria de los corredores y martilleros
  • Decreto sobre actos de Comercio

  • Decreto sobre litigios comerciales

  • Decreto sobre recursos de alzada

    Para la revisión de los pronunciamientos de la primera instancia
  • Anulación de los concursos de Acreedores

    Se suprimieron mediante un decreto firmado por Rosas que fue derogado en 1858.
  • La Constitución de 1853

    La Constitución de 1853
    La Constitución imponía en su art. 24, al Congreso, la reforma de la legislación en todas sus ramas y le atribuía la facultad de dictar el Código de comercio
  • Period: to

    SANCIÓN DEL CÓDIGO DE COMERCIO

    Fue aprobado y sancionado en 1858 por el Estado de Buenos Aires que en ese momento se encontraba separado de la confederación.
  • Vigencia del Código de Comercio en toda la Nación

    Vigencia del Código de Comercio en toda la Nación
    En 1862 se declara vigente el Código de Comercio en toda la Nación.
    La sanción del este Código fue anterior al dictado del Código civil
  • Primera reforma del Código

    Motivada por la sanción del Código Civil. Estableció 4 modificaciones principales:
    1. Usos y costumbres como fuente de derechos
    2. Suprimir el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante;
    3. Cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte y otras
    4. se ajustaron algunos contratos
  • Sanción del Decreto Ley 5965/63

    Por medio de este decreto se incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de letras de cambio y pagarés
  • Sanción de la Ley 17.418

    Incorporando así un nuevo régimen de seguros al Codigo de Comercio anterior
  • Sanción de la ley 19.550

    Incorpora un nuevo regimen sobre Sociedades
  • Sanción de la Ley 20.094 y 20.266

    La ley 20.094 establecia un nuevo regimen para la navegación
    La ley 20.266 incorpora un nuevo regimen para martilleros
  • Leyes 24.452 y 24.522

    • La ley 24.452 establece un nuevo regimen de cheques
    • La ley 24.522 establece un nuevo regimen de concursos y quiebras
  • Sanción de la Ley 26.579

    Modifica la edad para adquirir la mayoría de edad de 21 a 18 años.
  • Period: to

    VIGENCIA DE NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL

    El Código de Comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación.
    El mismo no ha importado una unificación del Derecho Civil y del Derecho comercial, sino que se limita a la concentración en un único cuerpo normativo.
    Mantiene además la plena vigencia de las leyes especiales complementarias dictadas en relación a cada una de las ramas.