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Primera disposición española sobre los derechos intelectuales
Se creo la primera disposición española que contuvo los derechos intelectuales sobre obras literarias, destacando la sucesión de los derechos de autor, la autorización a un tercero para la reimpresión de una obra literaria siempre y cuando el derecho del autor hubiere caído en el dominio publico por falta de renovación del mismo, dictada por Carlos III -
Reglamento de la Libertad de Imprenta
El presidente Mariano Paredes y Arrillaga ordeno a Jose Mariano Salas promulgar el Reglamento de la Libertad de Imprenta siendo el primer ordenamiento legal mexicano en materia de derechos de autor. -
Propiedad literaria a la propiedad común
El código civil asimilo la propiedad literaria a la propiedad común, su vigencia era perpetua y en tal sentido la obra podía enajenarse como se hacía con cualquier propiedad. -
Primer reconocimiento de reserva de derechos en México
El código civil se destacó por representar el primer intento de reconocimiento de derechos de autor, fue el primer ordenamiento que distinguió con precisión la diferencia existente entre la propiedad industrial y el derecho de autor. -
Las ideas no serian motivo de ninguna inquisición
La Constitución Política 1917 manifestó que las ideas no sería motivo de ninguna inquisición judicial o administrativa, con la única limitante del respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública, también se estableció que no se permitirían monopolios -
Actualización de disposiciones
El código civil de 1928, reguló en su libro II, titulo VIII, la materia autoral, en las que destacaron las siguientes:
- 50 años de derecho exclusivo para los autores de libros cientificos
- 30 años para autores de obras literarias, cartas geograficas y dibujos
- 20 años para los autores de obras dramáticas y musicales
- Protección de 3 días para las noticias
- Se introdujo la protección de la reservas de derechos.
- Se mantuvo la diferencia entre propiedad industrial e intelectual -
Transferir los derechos de autor
En 1945 Jaime Torres Bodet, inició una propuesta para transferir los derechos de autor al ámbito de competencia federal. -
Convención Interamericana
México suscribió la convención interamericana sobre el derecho de autor en junio 1946. -
Ley Federal sobre el Derecho de Autor
Ante la necesidad de ajustar la legislación interna a lo pactado internacionalmente se creo la primera Ley federal sobre el Derecho de Autor de 1947, misma que reprodujo lo dispuesto por el código civil de 1928 -
Ampliación de protección de los derechos de autor
El 11 de enero de 1982, el 17 de julio de 1991 y el 23 de diciembre de 1993, se publicaron reformas y adiciones a la Ley federal de derechos de autor. Sin embargo no es hasta 1993 que se amplia el termino de protección de los derechos de autor a favor de sus sucesores, hasta 75 años después de la muerte del autor. -
Actual Ley Federal del Derecho de Autor
Surge la actual Ley Federal del Derecho de Autor, estableciendo una series de definiciones respecto de algunas de las actividades e instituciones que regula. -
Diario Oficial de la Federación
Se publico en el Diario Oficial de la Federación, un decreto por el que se hacen reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor, como: la jurisdicción concurrente, criterios para la reparación de daño moral y la precisión de éste último.