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primera ley en el mundo para la protección de la información de particulares
esto sucede en Suecia, contando con un organismo que supervisa el cumplimiento de la misma llamado:DATA INSPEKTION BOARD -
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Estados Unidos
cuenta con una ley de carácter general llamada Privacy Act -
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Se publicaron nuevas leyes para la protección de datos personales
paises como Canada, Francia, Dinamarca, Noruega, Austria y Luxemburgo -
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se aprueba un convenio para la protección de datos
con la intención de maximizar el amparo y el cuidado de la información privada de cada sujeto. -
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paises latinoamericanos
Brasil fue el primer país latinoamericano en promulgar una ley para la protección de datos y de ahi le sigue Argentina, mientras que en Europa se aprueba la "carta de derechos fundamentales" -
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México toma iniciativa
con la entrada en vigor de la Ley de Transparencia y Acceso de la Información Publica Gubernamental y Acceso a la Informacion y Proteccion de Datos (IFAI).
Y en marzo de 206 se presenta a la cámara de diputados un proyecto para reformar el articulo 6° de la constitución como regente de acceso a información la protección de datos personales y lo referente a la vida privada. -
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se presenta un proyecto ante el Pleno de la Cámara de Diputados
se trata de un decreto que reforma el articulo 73° de la constitucion, el cual tiene como objeto dotar la facultad al congreso federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de particulares -
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se presenta ante la cámara de diputados un proyecto
donde se adicona un parrafo al articulo 16°contitucional:
toda persona tiene derecho a la protección personales,al acceso. a la rectificación y a cancelación de los mismos, así como manifestar su oposición, en términos que fije la ley.
el 4 de diciembre se aprueba el dictamen. -
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La Cámara de Senadores emite declaratoria de aprobación de decreto
publicándose la reforma correspondiente en el Diario Oficial de la Federación; de este modo el Estado Mexicano es sa el primer paso a reconocer el derecho de protección de datos personales como UN DERECHO FUNDAMENTAL Y AUTÓNOMO.