Alegria criancas1

Normatividad de los trabajos para menores de edad

By Yidy
  • 2006 BCE

    EDAD MÍNIMA DE ADMISIÓN AL TRABAJO Y DERECHO A LA PROTECCIÓN LABORAL DE LOS ADOLESCENTES AUTORIZADOS PARA TRABAJAR.

     EDAD MÍNIMA DE ADMISIÓN AL TRABAJO Y DERECHO A LA PROTECCIÓN LABORAL DE LOS ADOLESCENTES AUTORIZADOS PARA TRABAJAR.
    La edad mínima de admisión al trabajo es los quince (15) años. Para trabajar, los adolescentes entre los 15 y 17 años requieren la respectiva autorización expedida por el Inspector de Trabajo o, en su defecto, por el Ente Territorial Local y gozarán de las protecciones laborales consagrados en el régimen laboral colombiano, las normas que lo complementan, los tratados y convenios internacionales ratificados por Colombia.
  • ICBF

    ICBF
    es la entidad del estado colombiano que trabaja por la prevención y protección integral de la primera infancia, la niñez, la adolescencia y el bienestar de las familias en Colombia.
  • DEBER DE VIGILANCIA DEL ESTADO

    DEBER DE VIGILANCIA DEL ESTADO
    Todas las personas naturales o jurídicas, con personería jurídica expedida por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o sin ella, que aún, con autorización de los padres o representantes legales, alberguen o cuiden a los niños, las niñas o los adolescentes son sujetos de la vigilancia del Estado.
  • Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182)

     Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182)
    Todo Miembro que ratifique el presente Convenio deberá adoptar medidas inmediatas y eficaces para conseguir la prohibición y la eliminación de las peores formas de trabajo infantil con carácter de urgencia.
  • Period: to

    Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182)

    Recomendación sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999.
  • Funciones del Ministerio de la Protección Social

    Funciones del Ministerio de la Protección Social
    además de las funciones que las disposiciones legales vigentes hayan asignado a los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud entre otras.
  • AUTORIZACIÓN DE TRABAJO PARA LOS ADOLESCENTES.

    AUTORIZACIÓN DE TRABAJO PARA LOS ADOLESCENTES.
    Corresponde al inspector de trabajo expedir por escrito la autorización para que un adolescente pueda trabajar, a solicitud de los padres, del respectivo representante legal o del Defensor de Familia
  • AUTORIDADES COMPETENTES DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL

    De conformidad con las competencias que les asignan la Constitución y las leyes, ejercerán la función de inspección, vigilancia y control.
  • CONGRESO DE LA REPÚBLICA

    CONGRESO DE LA REPÚBLICA
    ARTÍCULO 1o. FINALIDAD: Este código tiene por finalidad garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad.
  • DERECHOS DE PROTECCIÓN

    DERECHOS DE PROTECCIÓN
    Los niños, las niñas y los adolescentes serán protegidos contra:
    1. El abandono físico, emocional y psicoafectivo de sus padres, representantes legales o de las personas, instituciones y autoridades que tienen la responsabilidad de su cuidado y atención.
    2. La explotación económica por parte de sus padres, representantes legales, quienes vivan con ellos, o cualquier otra persona. Serán especialmente protegidos contra su utilización en la mendicidad.
  • RESOLUCIÓN 01677 DE 2008 Art. 3 y 4

    RESOLUCIÓN 01677 DE 2008 Art. 3 y 4
    por la cual se señalan las actividades consideradas como peores formas de trabajo infantil y se establece la clasificación de actividades peligrosas y condiciones de trabajo nocivas para la salud e integridad física o psicológica de las personas menores de 18 años de edad.
  • Algunos de los peores trabajos infantiles

    Algunos de los peores trabajos infantiles
    1.Agricultura, ganadería, caza y silvicultura
    2. Pesca
    3. Explotación de minas y canteras
    4. Industria manufacturera
  • DERECHO A LA REHABILITACIÓN Y LA RESOCIALIZACIÓN

    DERECHO A LA REHABILITACIÓN Y LA RESOCIALIZACIÓN
    Los niños, las niñas y los adolescentes que hayan cometido una infracción a la ley tienen derecho a la rehabilitación y resocialización, mediante planes y programas garantizados por el Estado e implementados por las instituciones y organizaciones que este determine en desarrollo de las correspondientes políticas públicas.
  • DERECHO A LA VIDA Y A LA CALIDAD DE VIDA Y A UN AMBIENTE SANO

    DERECHO A LA VIDA Y A LA CALIDAD DE VIDA Y A UN AMBIENTE SANO
    Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a la vida, a una buena calidad de vida y a un ambiente sano en condiciones de dignidad y goce de todos sus derechos en forma prevalente.