Normas relevantes a nivel Latinoamericano que han surgido para regular la explotación de biodiversidad

  • Brazil

    La Constitución Federal brasileña de 1988 resalta la importancia de regular la biodiversidad genética con la que cuenta este país, la sección 1 del artículo 225 de esta Constitución dictamina que el gobierno federal debe preservar la diversidad del patrimonio genético y hacer seguimiento a las entidades encargadas de dicha actividad.
  • Mexico

    se genera la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente es la máxima ley de derecho ambiental en México que regula lo relativo al quinto lugar del 4 artículo de la Constitución Política y el artículo 25.cuyo objeto es regular el uso del suelo y las actividades productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente y la preservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales,.
  • Cumbre de la Tierra de Río de Janeiro

    Convenio sobre la Diversidad Biológica: Ratificado por los 33 países de América Latina y el Caribe, el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB):La meta del CDB es lograr la conservación de la diversidad biológica mediante el uso sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios derivados de la utilización de la utilización de los recursos genéticos.
  • Comunidad Andina

    se establece la DECISIÓN 391 para el Régimen Común sobre Acceso a los Recursos Genéticos disponibles en sus regiones
  • Bolivia

    Mediante el Decreto Supremo 24.676 se aprueba la Decisión 391 y decreta que el ente regulador será el Ministerio de Desarrollo Sostenible y el Consejo de Asesoramiento Técnico–CAT para el desarrollo de la bioprospección
  • Costa Rica

    Se crea la Ley de Biodiversidad 7788 la cual tiene como objeto conservar la biodiversidad, el uso sostenible de los recursos y la distribución justa de los beneficios derivados.
  • Brazil

    se aprobó el proyecto “Programa Brasilero de Ecología Molecular
    para el Uso Sostenible de la Biodiversidad Amazónica”, impulsado por Bioamazonia, que en conjunto con Novartis accederían, investigarían y desarrollarían el patrimonio genético de este país. promoviendo la privatización de los recursos, convirtiendo a Brasil únicamente en proveedor del recurso, y violando además uno de los principios del Convenio de Diversidad Biológica CDB.
  • Brazil

    Bajo la orden ejecutiva 2.186-16 del 2001, Brasil buscó proteger el patrimonio genético mediante el acceso a su biodiversidad a través de la creación del Consejo de Gestión del Patrimonio Genético (CGEN)
  • Perú

    Ley N° 27308 .- Ley Forestal y de Fauna Silvestre: La presente ley tiene por objeto normar, regular y supervisar el uso sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre del país, compatibilizando su aprovechamiento con la valoracion progresiva de los servicios ambientales del bosque, en armonia con el interés social, económico y ambiental de la Nación, de acuerdo con lo establecido en los Articulos 66º y 67º de la Constitución Política del Perú.
  • Ecuador

    La Constitución Política de este país, en sus artículos 322 y 402 prohíbe expresamente la apropiación de conocimientos ancestrales y recursos genéticos, así como sobre productos derivados, lo cual significa que no se podrá aplicar el derecho de propiedad intelectual sobre estos recursos.
  • Perú

    Mediante el Decreto Supremo 003-2009-MINAM se establece los organismos encargados de suministrar los contratos de acceso a recursos genéticos en este país tales como el ServicioForestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), para los recursos genéticos silvestres y el Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA) para los recursos genéticos de especies domésticas.
  • Costa Rica

    La presidencia de Costa Rica y el Ministerio del Ambiente y Energía, mediante el Decreto 31514 dictan las “Normas generales para el acceso a los elementos y recursos genéticos y bioquímicos de la biodiversidad” con el objetivo de regular el acceso a los recursos genéticos y bioquímicos, asimismo al conocimiento y prácticas tradicionales.