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Reforma al artículo 6 Constitucional
El propósito consistía en que los mexicanos ejercieran su derecho de conocer la información producida y controlada por los actores públicos, sin embargo, su materialización tomó un prolongado tiempo. -
Declaración de Oaxaca
Convocatoria al Seminario de Derecho a la Información, donde medios de comunicación y académicos abordaron la exigencia de contar con una ley de acceso a la información. -
Se promulga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIP)
Se publicada en Diario Oficial de la Federación y destaca lo siguiente:
1) El reconocimiento de que los ciudadanos pueden solicitar información al gobierno federal y que éstos deben entregarla, es decir, el reconocimiento legal del DAI y; 2) Construcción de un complejo entramado de instituciones y de procesos para implementar dicho derecho -
Conferencia Mexicana para el Acceso a la Información Pública (COMAIP)
A partir de su formación, se abrió́ la puerta a la coordinación entre los organismos locales y el federal, así́ fue que el IFAI asesoraría a los estados para la creación de sus leyes, para la creación de sistemas y sería un medio de apoyo institucional gratuito en favor de todos los órganos garantes del país, iniciando así́ su construcción. -
Declaración de Guadalajara
Los gobernadores de Aguascalientes, Chihuahua y Zacatecas promovieron una reforma constitucional en materia de transparencia. Un año después, entregaron al Legislativo Federal una iniciativa de reforma constitucional que fue presentada ante el pleno de la Cámara de Diputados por los coordinadores de los ocho partidos políticos representados en el Congreso. -
Decreto que modificaba la Constitución para incluir al DAI en este nivel
Se adiciona un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6° de la CPEUM -
Reformas al artículo 6° de la CPEUM
Garantizaron, en correspondencia con lo dispuesto por los tratados internacionales en la materia, el derecho de toda persona al libre acceso a la información plural y oportuna, así́ como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión. -
Nuevas Reformas al artículo 6° de la CPEUM
Buscaban renovar los mecanismos de acceso a la información pública y protección de datos personales, a través de la implementación de un sistema integral en la materia que garantizara, homogéneamente, los alcances de dichos derechos en México -
Se promulga la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
La finalidad de este instrumento jurídico fue ampliar y fortalecer los mecanismos de acceso a la información para que el Estado mexicano adoptara el nuevo paradigma de un gobierno abierto. -
Sistema Nacional de Transparencia
Para coordinar y dar estructura a esta nueva visión, el (INAI), los organismos garantes de las entidades federativas, la ASF, el AGN y el INEGI , formarán el Consejo del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, órgano encargado de dar seguimiento y supervisar la implementación de las nuevas disposiciones normativas y prácticas en la materia.