Marco Legal del servicio farmacéutico - Maria Carmenza Meneses Colorado - Quindio, Armenia

  • Ley 100 e de1993

    Ley 100 e de1993
    atravez de ella se crea el sistema de seguridad social integral que tiene como objetivo garantizar a todas las personas la cobertura de los servicios básicos de la salud sin importar su capacidad económica, de forma irrenunciable, se crea el concepto de que la seguridad social es un servicio publico obligatorio.
  • decreto 677 de 1995

    decreto 677 de 1995
    mediante este decreto se regulan la comercialización, control de calidad, expendio, producción y procesamiento de los medicamentos, cosméticos, preparaciones farmacéuticas.
    se regulan las buenas practicas de manufactura .
  • DECRETO 1945 de 1996

     DECRETO 1945 de 1996
    tiene como objetivo regular el ejercicio de la profesión del químico farmacéutico, contempla en especial sus derechos, deberes, obligaciones, prohibiciones y normas que rigen su actividad.
    En general lo define como un profesional de la salud cuya función principal es producir preparar y dispensar productos farmacéuticos para uso humano y animal
  • Ley 485 de 1998

    Ley 485 de 1998
    Se reglamenta la profesión del tecnologo en regencia de farmacia indica las actividades que puede realizar, en general lo faculta para dirigir establecimientos minoristas en IPS de baja complejidad, dar apoyo al químico farmacéutico en el suministro de medicamentos e insumos; participar en la venta y mercadeo de los productos farmacéuticos; dirigir establecimientos farmacéuticos mayoristas, naturista, veterinarios e insumos para la salud
  • RESOLUCION 2004009455 del 2004

    RESOLUCION 2004009455 del 2004
    por el cual se regulan las funciones de control y calidad , vigilancia sanitaria, y epidemiologica así como la periodicidad y el contenido de los reportes del INVIMA que es el organismo encargado de la vigilancia de medicamentos y alimentos.
    Se define y clasifica los conceptos de evento adverso, y se declara que los titulares de registros sanitarios y los fabricantes de los productos deben reportarlos y tener un programa de farmacovigilancia, presentando un informa periódico al INVIMA.
  • DECRETO 2200 DEL 2005

    DECRETO 2200 DEL 2005
    Fue creado para reglamentar las actividades y procesos del servicio farmacéutico.
    Se declara que este podrá ser prestado de manera dependiente o independiente establece las funciones del servicio farmacéutico tales como:
    planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar el uso adecuado medicamentos y dispositivos médicos, promover estilos de vida saludable. Establece que la dirección tanto de droguerías, depósitos, farmacias esta acargo del quimico farmacéutico r
  • Decreto 4725 del 2005

    Decreto 4725 del 2005
    Tiene como objetivo regular el régimen de registros sanitarios, permisos de comercialización y vigilancia sanitaria para la producción, procesamiento, empaque, almacenamiento, expendio y mantenimiento de los dispositivos médicos para uso humano
  • Resolucion 1403 del 2007

    Resolucion 1403 del 2007
    Se crea y reglamenta el modelo de gestión del servicio farmacéutico y manual de procedimientos con el fin de garantizar a los usuarios el cumplimiento de las normas sobre control, información y gestión de calidad; utilizando el recurso humano y físico en favor de los pacientes que lo requieran.
    Se clasifica el grado de atención según la baja, mediana y alta complejidad reglamentando sus procesos de acuerdo a esta clasificación. Se protocolizan las preparaciones magistrales
  • Resolucion 444 del 2008

    Resolucion 444 del 2008
    Por medio de la cual se verifica el cumplimiento de las buenas practicas de elaboración de preparaciones magistrales que serán aplicadas a todos los servicios farmacéuticos e IPS que elaboren preparaciones magistrales y/o que transformen, adecuen o ajusten concentraciones de dosis, re envasen y empaquen medicamentos para pacientes hospitalarios o ambulatorios.
    Debe ser aplicado con carácter obligatorio y debe ser instrumento de verificación
  • RESOLUCION 2003 del 2014

    RESOLUCION 2003 del 2014
    Mediante la cual se define los procedimientos y condiciones que deben cumplir los prestadores de los servicios de la salud para habilitar su funcionamiento.
    Capacidad tecnicoadministrativo .
    Suficiencia patrimonial y financiera .
    Capacidad tecnológica y científica.
    Dicha evaluación se hará antes de la apertura; en el 4 año de funcionamiento y cada año antes del reporte de novedades.