-
Propiedad Privada como principio fundamental de la vida social, económica y política
John Locke
Crea la teoria del derecho individualista y liberal
Busca conservar su propiedad, mediante la estructura de un parlamento, en la que no intervenían hombres sin riqueza ni tierra, ya que no tenían que defender. Fisiócratas
Mercier de la Rivière: “.. La propiedad no es otra cosa que el derecho de gozar.. Atacar la propiedad es atacar la libertad y alterar la libertad es alterar la propiedad..” -
Ratificación de las ideas de Lock y los Fisiocratas
La Asamblea Nacional de Francia ratificó las ideas de Locke y los Fisiócratas en el debate de la Declaración de los derechos del hombre en la sesión -
Defensa de los trabajadores de la burguesía
D´Allarde condujo a una ley que proclamó la libertad para dedicarse al trabajo que crea conveniente y suprimió los beneficios que tenían las corporaciones. -
Satisfaccion por desaparición de las corporaciones
La burguesía.
Porque les daba libertad de manufactura y comercio Los Trabajadores.
Porque rompía las cadenas tendidas por los maestros. -
Reconocimiento constitucional a los derechos del trabajo
La edad contemporánea imprimió a la lucha obrera un valor humano e hizo de ella la ley de su vida y se fijo como objetivo la destrucción de la propiedad privada. -
Era de la tolerancia
Los obreros lograron que la comisión de Luxemburgo aceptara la libertad de coalición (huelga y asociación sindical). La huelga y asociación profesional quedaron toleradas, sin embargo NO constituían derechos de los trabajadores. -
Individualismo y liberalismo en la historia de México
La constitución proclama:
Art 4. consagró la libertad del trabajo.
Art 5. dispuso que nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin su consentimiento.
Art 9. a nadie se le puede prohibir el derecho de asociarse pacíficamente con cualquier objeto lícito. -
Revolución mexicana
Explota la revolucion y da pie a la defensa de los derechos laborales -
La Declaración de Derechos Sociales de 1917 y el Derecho Colectivo del Trabajo.
La ley de Agustín Millán; la primera que reconoció el estado de Veracruz la legitimidad de las asociaciones obreras. -
El contrato colectivo como un derecho de la clase trabajadora
Art 123; de la ley de 1931 -
Limite en la ley de 1970
las condiciones de trabajo en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en esta ley