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Leyes y Decretos

  • 1917

    Artículo 134.- Todos los contratos que el gobierno tenga que celebrar para la ejecución de obras públicas, serán adjudicadas en subasta, mediante convocatoria, y para que se presenten proposiciones en sobre cerrado, que será abierta en junta pública.
  • Ley de Inspección de Adquisiciones

  • Ley de Inspección de Contratos y Obras Públicas

  • Ley de Inspección de Adquisiciones, Arrendamientos y Almacenes de la Administración Pública Federal

  • Ley de Obras Públicas