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Ley 12 de 1991
Convención internacional derecho del niño.
Es importante para el reconocimiento de los derechos en dado caso de ser o no desplazado -
Decreto 976-1997, se reglamenta el articulo 70 del Decreto-ley 919 de 1989
Atención en necesidades a causa de situaciones de desastre.
Garantizando generar condiciones de sostenibilidad mínimas para la integración e la sociedad. -
Ley 387 de 1997
Medidas para la prevención del desplazamiento forzado.
Los menores también se ven beneficiados, en cuanto la ley entra en curso. Debido a que se empiezan a tener en cuenta las medidas de atención y protección pertinentes. -
Decreto 951 de 2001
Medidas para generar condiciones de sostenibilidad económica y social para la población desplazada.
Para los menores genera una garantía de tener vivienda y una forma de vida más adecuada. -
Decreto 2562 de 2001
Por medio de este se establece la prestación del servicio público de la educación con creación de programas educativos especiales. Para los menores este decreto es uno de los más importantes, puesto que asegura la educación. -
Sentencia T-025 de 2004
Determina la necesidad de una mayor atención y compromiso por parte de las entidades territoriales para la destinación de recursos apropiados para la atención de los desplazados. Garantiza a los menores un mayor control frente a los organizamos encargados de su atención. -
Auto 005 de 2009
Protección de derechos fundamentales para la población Afrodescendiente en situación de desplazamiento. Garantiza la protección a la diversidad y el reconocimiento de ciertas etnias. -
Ley 1448 de 2011
https://www.youtube.com/watch?v=EvaDhd6F19QMedidas de atención, asistencia y reparación integral de las víctimas del conflicto. Garantiza a los menores, la asistencia y las medidas de reparación de forma adecuada mediante los organizamos gubernamentales. -
Sentencia T-239 de 2013
Acción te tutela para la protección de los derechos fundamentales de la población desplazada. Brinda la oportunidad a los padres de los menores de realizar acciones en caso de no ver repuesta por parte del estado para su atención.