Leyes en la Prueba Pericial

  • 753 BCE

    Derecho Romano

    Derecho Romano
    La prueba pericial surge como medio de lograr la convicción del Juez, y consecuentemente como una prueba, cuando se suprime el procedimiento in iure, en el cual, al elegirse a un experto para conocer del pleito, resultaba inútil y exótico recurrir al auxilio de un perito.
  • Period: 753 BCE to 540

    Derecho Romano

  • Period: to

    Marco de Leyes Colombiano

    Referente a la Prueba pericial y afines.
  • Ley 83 de 1946

    Ley 83 de 1946
    -Se incluía en el equipo del Juez a un psiquiatra que estimará las medidas más convenientes para la salud mental y física de tales menores, como el internamiento en la casa de observación, el envío a un hospital o centro de protección, la separación de la familia, etc.
    -Consejo Nacional de Protección Infantil, integrado por cinco miembros. Prohibición a la entrada de los menores de diez y ocho años a las casas de juego, baile, prostíbulos y establecimientos donde se expendan bebidas alcohólicas.
  • Ley 75 de 1968. Normas sobre filiación y creación del ICBF

    Ley 75 de 1968. Normas sobre filiación y creación del ICBF
    -En los procesos para establecer paternidad o maternidad, el juez, de oficio, ordenará la práctica de los exámenes correspondientes mediante técnica de DNA.
    -El juez deberá celebrar audiencias para esclarecer la situación del menor (cuidado físico, educación, seguridad de sus bienes, etc.) y podrán intervenir; la persona con la patria potestad o guarda, la persona natural o jurídica que haya tenido o tenga el cuidado de su crianza o educación, el defensor de menores y el Ministerio Público.
  • Código del procedimiento Civil

    Código del procedimiento Civil
    Sección tercera, Artículo 175 : “Sirven como pruebas, la declaración de parte, el juramento, el testimonio de terceros, el dictamen pericial, la inspección judicial, los documentos, los indicios y cualesquiera otros medios que sean útiles para la formación del convencimiento del juez”.
  • Código del Menor. Decreto 2737 de 1989

    Código del Menor. Decreto 2737 de 1989
    -Determinó los principios rectores que orientan las normas de protección al menor, tanto para prevenir situaciones irregulares como para corregirlas.
    -Propuso las primeras medidas que deben adoptarse con el fin de proteger al menor que se encuentre en situación irregular, teniendo en cuenta el Sistema Nacional de Bienestar Familiar.
  • Ley 12 de 1991. Convención sobre los derechos del niño

    Ley 12 de 1991. Convención sobre los derechos del niño
    • Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de abuso físico o mental, trato negligente, explotación, incluido el abuso sexual.
    • Se debe garantizar formas de identificación, notificación, remisión a una institución, investigación, tratamiento y observación ulterior de los casos antes descritos de malos tratos al niño y su la intervención judicial.
  • Importancia de la Prueba Pericial

    Importancia de la Prueba Pericial
    Tal como refiere Matos y Forero (2015) al juez se le exige un conocimiento profundo del derecho para que resuelva los conflictos intersubjetivos de intereses como reflejo de la jurisdicción del Estado, pero muchas veces ante los avances de la ciencia y tecnología, de las ciencias sociales, no le permitirán resolver adecuadamente las disputas sin el auxilio de personas con conocimientos especializados en el saber humano, que le ayuden al funcionario a formar su convicción.
  • Relevancias Ley 1098/06

    Relevancias Ley 1098/06
    Artículo 15: “En las decisiones jurisdiccionales o administrativas
    sobre el ejercicio de los derechos o infracción de los deberes, se tomaran en cuenta los dictámenes de especialistas”.
    Artículo 100:“El defensor, el comisario de familia o el inspector de policía, podrán ordenar que el equipo técnico interdisciplinario de la defensoría o de la comisaria, o alguno de sus integrantes, rinda dictamen pericial”.
    Artículo 157 y 189: Solicitud o llamado a audiencia o juicio para sustentar un concepto.
  • Ley 1098 de 2006. Código de Infancia y Adolescencia

    Ley 1098 de 2006. Código de Infancia y Adolescencia
    • Enmarca acciones de prevención y solución frente a las necesidades y condiciones de precariedad de los NNA.
    • Permite asignar a los juzgados de menores, la facultad de tomar medidas teniendo en cuenta las circunstancias psicosociales del menor.
  • Ley 1564 de 2012. Código General del Proceso

    Ley 1564 de 2012. Código General del Proceso
    -Medidas de protección de la infancia en casos de violencia intrafamiliar, cuando en el lugar no exista comisario de familia, y los procedimientos judiciales para el restablecimiento de derechos.
    -La revisión de las decisiones administrativas proferidas por el defensor de familia, comisario de familia e inspector de policía en los casos previstos en la ley.
    -La investigación e impugnación de la paternidad y maternidad y demás asuntos referentes al estado civil que lo modifiquen o alteren.
  • Ley 1878 de 2018.

    Ley 1878 de 2018.
    -En todos los casos donde se ponga en conocimiento la presunta vulneración o amenazada los derechos de un niño, niña y adolescente, la autoridad administrativa competente emitirá auto de trámite ordenando a su equipo técnico interdisciplinario la verificación de la garantía de los derechos consagrados en los prox. dias siguientes.
    Incluye: Valoración psicológica, emocional, de nutrición, del entorno familiar, vinculación al sistema de salud y seguridad social y al sistema educativo, entre otras.