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Period: 1960 BCE to 1968 BCE
Se crearon cinco corporaciones regionales
se crearon cinco (5) corporaciones regionales (CAR, CVM, CRQ, Codechocó y Corpourabá), con funciones de planificación y desarrollo regional: coordinación y ejecución de obras de inversión; asignándose funciones parciales de recursos naturales a la CRQ y a Corpourabá. -
1908 BCE
En las primeras décadas del siglo XX
Se expide el Decreto 1269 de 1908, mediante el cual se crea el Departamento de Tierras Baldías y Bosques Nacionales en el Ministerio de Obras Públicas. -
Siglo XX
Con la Ley 119 de 1919, se creó la Comisión Forestal encargada de reglamentar la explotación bosquífera del país y elaborar la estadística sobre el mismo tema. -
Siglo XX
En 1923, con la llegada de la misión Kemmerer al país, se realiza una serie de ajustes administrativos y de competencias, asignándole al Ministerio de Industria y Trabajo el manejo del régimen de agua y bosques y al Ministerio de Agricultura y Comercio la elaboración del Herbario Nacional, las estadísticas y asuntos meteorológicos. -
Década de los 30
influenciada por la gran depresión mundial, por los planteamientos del intervencionismo estatal, se materializa en el agro colombiano con la expedición de la "ley de tierras" (Ley 200 de 1936), la cual modifica las relaciones de propiedad (latifundios y baldíos) y de producción. -
Nueva composición
Esta nueva composición hace que se incluyan aspectos normativos sobre protección y constitución de reservas forestales; sin embargo, el Decreto 59 de 1938 reglamentario de la ley, otorgaba facultades al Ministerio de Agricultura y Comercio para autorizar prácticas de desmonte en las áreas de reservas. En este mismo año se crea el Ministerio de Economía Nacional, resultante de la fusión del de Agricultura y Comercio y el de Industria y Trabajo. -
En los cuarenta se legisla ampliamente sobre protección, aprovechamiento y permisos en materia de bosques.
Por otra parte, se crean los siguientes entes con funciones en materia de bosques y aguas: Instituto de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico (Ley 80 de 1946) -
Ministerio de Agricultura y Ganadería
Se crea nuevamente el ministerio de Agricultura y Ganadería en 1947 y posteriormente adscrito a éste el Instituto de Parcelaciones y Defensa Forestal -
A la luz de experiencias internacionales; reformas administrativas institucionales, burocratización politización de los entes estatales de distinto orden
Se empieza a configurar un cuadro de entidades de competencias parciales y totales en la gestión de los recursos naturales así: Se organiza en el recién creado Ministerio de Agricultura la División de Recursos Naturales en 1952 -
La reforma administrativa de 1968
Creó el Inderena (Decreto 2420 de 1968) como ente rector del manejo y administración de los recursos naturales con jurisdicción nacional, suprimiéndose la competencia en materia de recursos corporaciones existentes a la fecha, excepto a la CVC. -
Declaración
Declaración de Estocolmo, fue emitida por Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano, se debate por primera vez la problemática del medio ambiente haciendo resaltar la importancia del mismo para el ser humano y los demás seres vivos. -
Ley 23 de 1973
Se faculta al Ejecutivo para expedir el Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente (Decreto 2811 de 1974). A partir del código se expiden una serie de decretos reglamentarios que desarrollan el régimen general del mismo. (Presidente Misael Pastrana 1970-1974) -
Con la Reforma de 1976
Se reestructura el sector agropecuario y se da competencia al Ministerio para la formulación y coordinación de la política ambiental con la asesoría del Inderena (Decreto 136 de 1976). A su vez en esta norma en el artículo, 77 autoriza a los establecimientos públicos del sector la delegación de funciones a otras entidades de derecho público. -
Servicio Colombiano de Meteorología
Con la reforma se creó el Servicio Colombiano de Meteorología (Posteriormente Himat), también con competencia en aspectos relacionados con el recurso de aguas. -
Ley sanitaria, Ley del mar
En 1979 se promulga la Ley 9ª de 1979 (Ley sanitaria), la cual otorga funciones en materia ambiental conexa con la salud humana, al Ministerio de Salud. En el mismo año con la Ley 10 (ley del mar), se complementa la competencia en asuntos marinos, portuarios y control de la contaminación marina a la Dimar. -
política global de descentralización tendiente al fortalecimiento y autonomía de los municipios
Durante la administración Betancourt y Barco (1982-1990), se implementa una política global de des-centralización tendiente al fortalecimiento y autonomía de los municipios; Ley 12 de 1986 en su artículo 7, condiciona gastos de inversión a los municipios para aspectos referentes a recursos naturales (programas de re-forestación, tratamiento y disposición final de basuras). -
Reestructuración del sector agropecuario
Conforme a los objetivos de la Ley 30 de 1988 se faculta al Gobierno para la reestructuración del sector agropecuario, lo cual se materializa mediante el Decreto 501 de 1989, que en su artículo 4, numeral 6, crea en el Ministerio de Agricultura, la subdirectiva de regionalización y ordenamiento territorial con una división de recursos naturales y del ambiente con funciones específicas en materia de recursos naturales. -
INPA
En 1989 se promueve la creación del INPA, instituto para la administración de la pesca marítima y continental (creada mediante la Ley 13 de 1990). -
Declaración
Declaración de rió sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo es una propuesta de las Naciones Unidas (ONU) para promover el desarrollo sostenible. -
Ley 99 de 1993
Se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se re-ordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones. -
El desarrollo de indicadores y sistemas de indicadores ambientales ha sido progresivo a través del tiempo
Más adelante y a petición del Departamento Nacional de Planeación (DNP) y el Centro Internacional de Agricultura Tropical (CIAT), formula en 1998 el Sistema de Indicadores de Planificación y Seguimiento Ambiental (SIPSA), que buscaba hacer seguimiento y monitoreo a programas y proyectos, así como al impacto que éstos generan sobre los componentes ambiental, social y económico. El SIPSA, definió indicadores según el modelo Presión–Estado–Impacto/Efecto–Respuesta-Gestión (PE-I/E-R-G). -
SUIGA
El Ministerio del Medio Ambiente, el Departamento Nacional de Planeación, la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la Nación y la Auditoría General de la República, propusieron el Sistema Unificado de Indicadores para el Seguimiento a la Planificación y Gestión Ambiental (SUIGA),que seleccionó el marco ordenador de tema y subtema para la clasificación de indicadores ambientales debido a su sencillez. -
SISA
El Ministerio del Medio Ambiente, siguiendo los compromisos consignados en la Agenda XXI (acuerdo gestado en la conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo que se adelantó en Río de Janeiro en 1992) y con el apoyo técnico y financiero de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) respectivamente, definió el Sistema de Indicadores de Sostenibilidad Ambiental (SISA) -
CEPAL, CAN, ODM7, ILAC
el IDEAM en coordinación con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, ha consolidado un conjunto de indicadores que tiene como objeto dar respuesta a solicitudes de información de las Iniciativas Internacionales de indicadores ambientales, generando como resultado informes del país a dichos organismos en varias oportunidades.