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LEY 145 DE 1960
Por la cual se reglamento la profesión del Contador Publico y derogo el Decreto Legislativo 2373 de 1956. -
Period: to
ARTICULO N °1
Se entenderá por contador público la persona natural que mediante la inscripción que acredita su competencia profesional queda facultada para dar fe pública de determinados actos, así como para desempeñar ciertos cargos, en los términos de la presente Ley.