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Normatividad y Regulación para implementar la bioprospección en Colombia

  • Decreto 2811 de 1974

    Código de Recursos Naturales
    Renovables, declaró expresamente que los recursos naturales renovables y demás elementos ambientales ubicados en el territorio nacional son patrimonio de la Nación58. La normatividad
    posterior ratificó este concepto en relación con recursos hidrobiológicos marinos y continentales, fauna y flora silvestre, recursos forestales
  • La normatividad posterior a la Constitución Política de 1991

    ratifica este principio. La Ley 99 de 1993 ratificó el concepto de patrimonio natural de la Nación al asignarle al Ministerio del Medio Ambiente (MMA) la función de regular las condiciones generales para el manejo, uso, aprovechamiento y conservación de los recursos naturales. Además de la categoría de bienes públicos, los recursos biológicos pueden pasar a ser propiedad estatal, privada o individual y colectiva o comunal.
  • Ley 165 de 1994

    Esta ley ratifica el CDB incorporando este instrumento de derecho internacional como parte de la legislación nacional. El CDB reconoce los derechos de los países de origen sobre sus recursos genéticos. A la vez que reconoce la soberanía de los países sobre dichos recursos, introduce la obligación de establecer regímenes jurídicos que faciliten el acceso a los mismos
  • La estructura jurídica de la Decisión 391 de 1996

    prevé un acuerdo anexo para acceder al componente intangible asociado al recurso genético o a sus productos derivados. Este anexo busca asegurar la compensación equitativa para quienes provean el conocimiento asociado al recurso o a sus productos derivados.
  • Resolución 68 del 1997,

    Se identifica la institución autorizada para conceder el acceso a recursos genéticos y sus productos derivados, al igual que para definir los términos de negociación correspondientes. En el caso
    colombiano, el gobierno, mediante la Resolución 68 del 1997, identificó al MMA como la autoridad nacional competente
  • El Decreto 309 de 2000

    reglamentó los procedimientos para investigación en diversidad biológica, señalando las entidades competentes, los requisitos de la solicitud y el trámite correspondiente. Es importante resaltar que el análisis integral de esta legislación y de las normativas sobre acceso a recursos genéticos permite concluir que los permisos y autorizaciones de acceso a recursos biológicos en ningún momento implican autorización de acceso al recurso
    genético contenido en tales recursos.