Datos seguridad

La evolución normativa del Derecho a la protección de datos personales en México

  • Declaración universal de los derechos humanos

    Declaración universal de los derechos humanos
    Se reconoce el derecho a la vida privada de las personas
  • Ley federal de acceso a la información pública gubernamental

    Ley federal de acceso a la información pública gubernamental
    Se incluyó la previsión general respecto a la protección de datos en posesión del sector público.
    Se contempló un capítulo de protección de datos personales, en el cual se establecieron los principios generales que rigen el tratamiento de datos personales en posesión de los entes públicos (consentimiento, información, seguridad, calidad, etc.), así como disposiciones que originaron los derechos de acceso y rectificación.
  • Lineamientos de Protección de Datos Personales IFAI

    Lineamientos de Protección de Datos Personales IFAI
    Tiene como finalidad establecer las políticas y procedimientos que deben observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para garantizar al titular de los datos, la facultad de decidir sobre el uso y destino de su información, a fin de asegurar su adecuado tratamiento e impedir su transmisión ilícita y lesiva.
  • Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
    Se presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto para reformar este artículo el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares.
  • Artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
    Se adicionó un segundo párrafo con siete fracciones que marcó una importante pauta para el derecho de la protección de datos personales.
  • Artículo 16 constitucional

    Artículo 16 constitucional
    Se presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores, un proyecto por el cual se adiciona un párrafo con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma.
  • Artículo 73

    Artículo 73
    Se publica en el diario oficial de la federación la reforma a dicho articulo en la fracción XXIX y establece que el congreso tiene la facultad para legislar en materia de protección de datos.
  • Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares

    Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares
    Aplica para los datos que estén en poder de privados
  • Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de los Particulares (LFPDPPP).

    Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de los Particulares (LFPDPPP).
    Su objetivo es proteger los datos personales en posesión de los particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y derecho a la autodeterminación informativa de las personas. Es aplicable para todas las personas físicas o morales de carácter privado que para sus actividades cotidianas recaben, manejen y utilicen información personal en territorio nacional
  • Plan Nacional de Desarrollo

    Plan Nacional de Desarrollo
    Se prevé la necesidad de contar con una ley federal que garantice la protección de datos personales en poder de los particulares, tomando como base lo dispuesto en los principios y tratados internacionales.
    http://pnd.calderon.presidencia.gob.mx/pdf/PND_2007-2012.pdf