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LEY 48 1887
Esta ley autorizaba a los gobiernos departamentales para la creación y recaudo del impuesto, destinando una porción a los municipios -
LEY 20 1908
La ley estableció como renta propia del departamento el recaudo del impuesto -
LEY 34 1920
En esta ley se definió una tarifa máxima del 2 por mil -
LEY 34 1940
Se incremento la tarifa máxima del 2 por mil, en dos puntos durante con el fin de financiar el Fondo de Fomento Municipal y la Policía Rural -
ORDEN LEGISLATIVA 2185 DE 1951
Le asignó al impuesto carácter municipal -
LEY 14 DE 1983
Introdujo modificaciones en el manejo de los impuestos regionales y locales -
LEY 75 1986
Realizó algunos ajustes a los criterios y periodos de actualización de los avalúos catastrales definidos en la Ley 14. -
LEY 44 DE 1990
La orden actual del impuesto predial ,se dispone que la base gravable del impuesto la constituye el avalúo catastral y que sus tarifas deben ser diferenciales y progresivas con base en los estratos socioeconómicos, los usos del suelo en el sector urbano, la antigüedad de la formación o actualización catastral, el área de los predios y su avalúo catastral.Las tarifas oscilan entre el 1 y el 16 X 1.000 del respectivo avalúo catastral, y su determinación es por concejo de cada municipio. -
ART. 317 1991 CONSTITUCIÓN POLÍTICA
Insiste en la autonomía de las autoridades locales para disponer del impuesto -
ESTATUTO TRIBUTARIO 2009
Para barranquilla se tiene como referencia el nuevo Estatuto Tributario de Barranquilla, el cual entró en vigencia el 1 de enero de 2009, el cual atesta la facultad de la administración para recaudar los impuestos distritales como Ica e impuesto predial.