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Jan 1, 1373
ÁLAVA
En la provincia de Álava mayormente rige el Derecho común, lo cual supone más del 85% . Con un 8% se encuentra Llodio y Aramaio, lugares donde se aplica el Fuero de Vizcaya. Por su parte en Ayala, con una población cercana al 5%, rige el Fuero de Ayala, caracterizado por la absoluta libertad de testar. -
Feb 3, 1373
1373 Fuero de Ayala
El fuero de Ayala se caracteriza por tener un conjunto de normas penales, procesales, civiles y administrativas. Al no tratarse de un fuero igualitario, distinguía entre varias clases sociales: peones, hidalgos y labradores. Por otro lado, este fuero ya recogía en si mismo la libertad de testar. -
Jan 1, 1452
BIZKAIA
El País Vasco no se caracteriza por un ordenamiento único, si no que siempre ha optado por la fragmentación de lo que se puede llegar a entender como un cuerpo “único”.
En lo relativo al territorio de Bizkaia, en donde residen 1.136,852 habitantes, destacan dos leyes anteriores a la que a continuación se va a mencionar pero que no llegaron a trascender aunque fueron un peldaño para lograr el denominado fuero viejo de 1452. -
Jan 1, 1452
Fuero Viejo de 1452
Se trataba en la Baja Edad Media de una fuente jurídica inmediata con carácter de ley en la que consta la apropiación del Fuero Viejo de Vizcaya por la Junta General del mismo territorio. Mezcla de disposiciones penales, administrativas y civiles. -
Jan 1, 1457
1457
Año en el que los ayaleses optan por el acogimiento al derecho castellano. -
Jan 1, 1469
GUIPÚZCOA
En lo relativo a la provincia de Guipúzcoa, el derecho foral también se ha visto comprendido por una serie de cambios empezando su origen por el reinado de Enrique II de Castilla. Asimismo, está basado en el derecho consuetudinario y destaca por las normas sucesorias relativas a los caseríos de la provincia. -
Period: Jan 2, 1469 to Feb 4, 1529
Recopilación guipuzcoana
En los años 1469, 1470, 1482 y 1529, la recopilación guipuzcoana que regulaba su propia normativa de derecho civil foral fue modificada multitud de veces por el mismo autor. -
Jun 7, 1487
1487
En el año 1487 los ayaleses deciden acogerse al derecho castellano así como a la reserva de la plena libertad de testar aunque previamente, en el fuero de 1373 ya se recogía esta característica reserva. Por otro lado, también se reservaron algunas peculiaridades de Derecho público, por ejemplo, la no aplicación de la prisión por deudas -
Mar 3, 1526
El nuevo fuero de 1526
El nuevo fuero de 1526 se realizó en castellano ya que, como es lógico, quién lo iba a jurar sería el señor de Vizcaya y rey de castilla. Se trata de una recopilación del ya mencionado fuero viejo de 1452 que incluía leyes, usos y costumbres. -
Period: to
1583
El cuaderno de leyes y ordenanzas del año 1583 elaborado por Garmendia fue utilizado hasta el año 1690 como normativa en la provincia de Guipuzcoa. -
Nueva Recopilación 1692
Tras el cuaderno de leyes y ordenanzas de Garmendia, fue elaborada una Nueva Recopilación en 1692. (Guipúzcoa) -
Recopilación de 1696
Destaca la recopilación de 1696 por Don Miguel de Aramburu que recogía lo siguiente: fueros, privilegios, leyes, ordenanzas, buenos usos y costumbres de la Provincia de Guipúzcoa. -
1758
En dicho año se produjo la adición de un suplemento a la recopilación guipuzcoana de 1696 por el mismo autor. -
Period: to
Código Civil de 1888
En el artículo 12 del código, se respetaba tanto el derecho foral tanto escrito como consuetudinario. En el año 1899, se nombraron las comisiones de codificación encargadas de redactar unos apéndices forales para sustituir el derecho foral, donde se ignoró el derecho foral de Álava, nombrándose únicamente una comisión para Vizcaya. Posteriormente, se solventó dicho error con juristas alaveses. -
Period: to
Proyecto de 1900
La comisión de codificación elaboró el Proyecto de 1900. Pese a que no tuviera auge hasta el año 1928, en ese mismo año, fue en el Colegio de Abogados de Bilbao donde se elaboró un informe sobre dicho proyecto. Dos años después, se elaboró otro informe en el Colegio de Abogados de Álava por Luis Maria de Uriarte y Lebario. -
Period: to
1929
Pese a que en el año 1929 hubo una Propuesta de proyecto de ley de la Comisión de Agricultura, esta fracasó y se tuvo que retirar. -
Period: to
Compilación de 1959
Fue en 1959 cuando se aprobó la primera Compilación civil de Vizcaya y Álava, quedando eliminada la costumbre como fuente del derecho foral alavés puesto que solo recogía aquel derecho escrito. -
Constitución de 1978
Tanto con la CE de 1978 como con los Estatutos de Autonomía, los poderes legislativos de las CCAA tenían la posibilidad de modificar su propio derecho foral, por lo que se pretendía modificar la Compilación de 1959. -
1979 EAPV
En el año 1979 las Cortes Generales aprobaron la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para el País Vasco. -
1983
Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de Relaciones entre las Instituciones comunes de la Comunidad Autónoma y los órganos forales de sus Territorios Históricos. -
1991
Fue en el año 1991 cuando la diputación de Vizcaya aprobó un texto que, posteriormente, dio traslado a Álava sin tener gran éxito. Fue la misma provincia de álava la que decidió nombrar una comisión encargada de redactar lo relativo a su propio derecho foral alavés. Asimismo, fueron las Juntas Generales de Álava las que aprobaron una proposición de ley dirigida al Parlamento Vasco. -
Ley 3/1992, de 1 de julio, del Parlamento Vasco, del Derecho Civil Foral del País Vasco
El Partido Nacionalista Vasco presentó una propuesta para que se estableciera en un único texto las dos Proposiciones de Ley de Vizcaya y Álava, aprobada dicha propuesta el 1 de julio, se introdujeron modificaciones como la introducción de la costumbre guipuzcoana. -
Ley 1992 en Guipúzcoa
La Ley 3/1992 de 1 de julio, incorpora en su Libro III dedicado al fuero civil de Guipúzcoa el artículo 147 en el que se reconoce la vigencia de las costumbres civiles sobre la ordenación del caserío y del patrimonio familiar en Guipúzcoa. -
Ley 3/1999
En 1999 destaca la actualización del derecho foral civil relativo al caserío guipuzcoano con la Ley 3/1999 (MLDCPU), de 26 de noviembre, de modificación de la Ley del Derecho Civil del País Vasco, en lo relativo al Fuero Civil de Guipúzcoa. -
2015
Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco sustituye la anterior Ley de 1992 y es la que actualmente regula el DCV. Cuenta con un título preliminar y tres títulos que regulan los principios de derecho patrimonial, la sucesión y el régimen económico del matrimonio. -
2016
En este año destaca la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco -
2019
En el año 2019 la denominada Ley de recurso de casación civil vasco destaca por ser un proyecto de ley en elaboración,