Serivicios 01

HISTORIA DE LA REVISORÍA FISCAL EN COLOMBIA.

  • La primera ley que habló del Revisor Fiscal

    La primera ley que habló del Revisor Fiscal
    La ley 58 de 1931, estableció normas sobre el revisor fiscal de las sociedades anónimas.
    (La ley 58 de 1931 solo entró en vigencia en 1937)
  • Primeras funciones del Revisor Fiscal para S.A

    Primeras funciones del Revisor Fiscal para S.A
    Por virtud de la ley 73, en los artículos 6º y 7º se fijaron sus funciones, el revisor fiscal debía examinar todas las operaciones, inventarios, actas, libros, correspondencia, negocios de la compañía, sus comprobantes de cuentas, sus balances y “demás cuentas” autorizando con su firma los balances mensuales y semestrales de la sociedad.
  • Resolución 204

    Resolución 204
    La Superintendencia de Sociedades Anónimas ordenó que la firma del revisor fiscal en los balances de las sociedades anónimas debía precederse de la declaración de que ellos estaban fielmente tomados de los libros y que las operaciones se habían efectuado conforme a la ley, los estatutos y las disposiciones de la asamblea y de la junta.
  • Decreto 1357

    Decreto 1357
    El Gobierno Nacional aprobó el reglamento de la institución de contadores juramentados cuya organización autorizó la ley 58 de 1931. Tales contadores, que deberían ser nacionales colombianos, ejercerían funciones de carácter oficial y, entre otras cosas, serían tenidos especialmente en cuenta para la provisión de los cargos de revisores fiscales en las sociedades anónimas.
    (vigente solo hasta el 27 de marzo de 1943)
  • El decreto 2521 (artículos 134 a 141)

    El decreto 2521 (artículos 134 a 141)
    Se destinaron a la revisoría fiscal; Estipuló que el revisor fiscal debía ser persona natural, debía vigilar las normas legales, ordenó la autorización de los balances anuales, consagró como incompatible el cargo con el desempeño de empleos en la rama jurisdiccional o el ministerio público, confirmó el contenido de la atestación de los balances que había determinado la Superintendencia,exigió su presencia en las sucursales de las sociedades anónimas domiciliadas en el exterior.
  • Decreto 2373

    Decreto 2373
    El Gobierno Nacional, al amparo del estado de sitio, reguló la profesión de contador juramentado. En él se distinguía entre contadores inscritos y contadores públicos.
  • Código de comercio de 1958. (Revisoría plural)

    Código de comercio de 1958. (Revisoría plural)
    Recomendó que los revisores fuesen siempre personas naturales,inhabilitaba la de ser consocio de los administradores, el cajero o el contador de la sociedad, verificar el cumplimiento de las órdenes emanadas del Departamento Nacional de Comercio, Permitía que los revisores fiscales fuesen contadores inscritos, pero no los facultaba para dar fe pública a no ser que fuesen contadores públicos.
  • La ley 151 y La ley 155 de 1959.

    La ley 151 y La ley 155 de 1959.
    La primera; ordenó que la elección de los revisores fiscales de “las empresas o instituciones en que tenga parte principal el Estado”, se hiciera de ternas suministradas por el Contralor General de la República. (no entidades bancarias)
    La segunda; ordenó a los revisores fiscales vigilar el cumplimiento de las disposiciones sobre prácticas comerciales restrictivas.
  • Derogación decreto 2373 de 1956.

    Derogación decreto 2373 de 1956.
    La ley 145 de 1960 Suprimió las categorías de contador inscrito y contador público, desde esa fecha todos los contadores lo son públicos, mantuvo la exigencia de que los revisores fiscales obligatorios fuesen contadores, eliminó la autorización legal para que la revisoría se organizara por departamentos.
  • Proyectos de ley sobre el régimen de las sociedades comerciales.

    Proyectos de ley sobre el régimen de las sociedades comerciales.
    1. proponía que tuvieran revisor fiscal todas las sociedades anónimas, las sucursales de sociedades domiciliadas en el exterior, las sociedades de responsabilidad limitada o en comandita por acciones con capital superior a un millón de pesos y que en las demás dicho funcionario fuese potestativo. 2.Proponía que la elección del revisor correspondiera, en primera instancia, a los socios que no hubiesen obtenido representación en la junta directiva.
  • Decreto ley 410 de 1971.

    Decreto ley 410 de 1971.
    Nuevo código de comercio, que reguló íntegramente la materia, derogándose, en consecuencia todas las disposiciones anteriores sobre las sociedades comerciales, incluyéndose, entre otras, la ley 58 de 1931, la ley 73 de 1935 y el decreto 2521 de 1950. Subsistieron las leyes 151 y 155 de 1959 y 145 de 1960.
  • El decreto 2503.

    El decreto 2503.
    Exigió la firma del revisor fiscal en las declaraciones de renta, de ingresos y patrimonio, de ventas y de retenciones en la fuente y estableció que su falta daría lugar a considerar no presentadas tales declaraciones.
  • LEY 43 DE 1990 (Código de ética profesional).

    LEY 43 DE 1990 (Código de ética profesional).
    Esta última constituye el estatuto básico al cual debe sujetarse la profesión de la contaduría pública en Colombia, en forma tal que es aplicable no sólo a la revisoría fiscal sino también a otros servicios profesionales, como la auditaría financiera.
  • Ley 1314. (NIIF)

    Ley 1314. (NIIF)
    Aprobada en el Congreso de la República en julio de 2009, reglamento el proceso de convergencia de las normas contables locales a las normas internacionales de información financiera y de las normas de auditaría generalmente aceptadas en Colombia a las normas de aseguramiento de la información según estándares internacionales.