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decreto 2811
Artículo 14º
- Incluir cursos sobre ecología, preservación ambiental y recursos naturales renovables;
- Promover la realización de jornadas ambientales con participación de la comunidad y de campañas de educación popular, en los medios urbanos y rurales para lograr la comprensión de los problemas del ambiente, dentro del ámbito en el cual se presentan. -
Decreto 1337
El Ministerio de Educación Nacional, en coordinación con la comisión asesora para la educación ecológica y del ambiente, incluirá en la programación curricular para los niveles preescolares, básicos primarios, básicos secundarios, media vocacional, intermedia profesional, educación no formal y educación de adultos, los componentes sobre ecología, preservación ambiental y recursos naturales renovables. -
Constitución de Colombia
identificar los art relacionados con la parte ambiental.
Artículo 58 La propiedad es una función social que implica obligaciones. Como tal, le es inherente una función ecológica.
Artículo 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano
Artículo 80. El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución -
Constitución de Colombia
Artículo 95. La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional.
Artículo 267. incluye el ejercicio de un control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales
Artículo 268 Presentar al Congreso de la República un informe anual sobre el estado de los recursos naturales y del ambiente. -
Constitución de Colombia
Artículo 313.Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio.
Artículo 334. en la explotación de los recursos naturales, en el uso del suelo, en la producción, distribución, utilización y consumo de los bienes, y en los servicios públicos y privados
Artículo 339. orientaciones generales de la política económica, ambiental y social, en especial las estrategias gubernamentales de lucha contra la pobreza. -
LEY 70
protección de la identidad cultural y de los derechos de las comunidades negras,grupo étnico, y el fomento de su desarrollo económico y social, con el fin de garantizar que obtengan condiciones reales de igualdad de oportunidades frente al resto de la sociedad.se aplicará también en las zonas baldías, rurales y ribereñas que han venido siendo ocupadas por comunidades negras con prácticas tradicionales de producción en otras zonas del país y cumplan con los requisitos establecidos en esta ley. -
ley 99
Artículo 31º Ejercer la función de máxima autoridad ambiental en el área de su jurisdicción, de acuerdo con las normas de carácter superior y conforme a los criterios y directrices trazadas por el Ministerio del Medio Ambiente.
Artículo 104º.- De la Comisión Colombiana de Oceanografía. -
Decreto 1860
se aplican al servicio público de educación normal que presten los establecimientos educativos del Estado, los privados, los de carácter comunitario, solidario, cooperativo sin ánimo de lucro. Su interpretación debe favorecer la calidad, continuidad y universalidad del servicio público de la educación, así como el mejor desarrollo del proceso de formación de los educandos. -
Ley 115
Artículo 23º Para el logro de los objetivos de la educación básica se establecen áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación que necesariamente se tendrán que ofrecer de acuerdo con el currículo y el Proyecto Educativo Institucional. -
Decreto 1743
todos los establecimientos de educación formal del país, tanto oficiales como privados, en sus distintos niveles de preescolar, básica y media, incluirán dentro de sus proyectos educativos institucionales, proyectos ambientales, escolares, en el marco de diagnósticos ambientales, locales, regionales y/o nacionales, con miras a coadyuvar a la resolución de problemas ambientales específicos. -
Política Nacional de Educación Ambiental del 16 de julio
Promover la concertación, la planeación, la ejecución y la evaluación conjunta a nivel intersectorial e interinstitucional de planes, programas, proyectos y estrategias de Educación Ambiental formales, no formales e informales, a nivel nacional, regional y local. -
Ley 1029
Enseñanza obligatoria. En todos los establecimientos oficiales o privados que ofrezcan educación formal es obligatoria en los niveles de la educación preescolar, básica y media cumplir con La enseñanza de la protección del ambiente, la ecología y la preservación de los recursos naturales, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 de la Constitución Política -
Ley 1549
la educación ambiental, proceso dinámico y participativo, orientado a la formación de personas críticas y reflexivas,capacidades para comprender las problemáticas ambientales de sus contextos (locales, regionales y nacionales). para participar activamente en la construcción de apuestas integrales (técnicas, políticas, pedagógicas y otras), que apunten a la transformación de su realidad, en función del propósito de construcción de sociedades ambiental mente sustentables y social mente justas.