El rey chindasvinto (museo del prado)

FUENTES JURÍDICAS DEL DERECHO VISIGODO

  • Period: 453 to 466

    EDICTO DE TEODORICO

    Se trata de un texto legal que contiene 155 preceptos breves de Derecho romano vulgar, atribuido al rey visigodo Teodorico II. El Edicto fue decretado por un gobernador provincial o prefecto pretorio responsable del territorio controlado por este monarca.
    Tenía como objeto regular problemas territoriales en aquellas tierras en las que convivían romanos y visigodos. Esta disposición toma resoluciones del Derecho romano postclásico y códices anteriores.
  • 476

    CÓDIGO DE EURICO

    CÓDIGO DE EURICO
    Según San Isidoro, durante el reinado de Eurico (466-486) los visigodos dejaron de regirse por costumbres y pasaron a hacerlo por leyes. El código de Eurico consta de unas 350 disposiciones, que tratan sobre derecho privado, procesal y penal. La promulgación de este edicto tuvo como objetivo dar respuesta a la nueva realidad jurídica derivada de la desintegración del Imperio de Occidente, subrogándose en la situación del ya desaparecido prefecto del pretorio. Tuvo la capacidad de crear edictos.
  • 506

    BREVIARIO DE ALARICO

    BREVIARIO DE ALARICO
    Con esta versión oficial actualizada de las leges y de los iura Alarico II pone fin a la inseguridad jurídica y resuelve los problemas de la tradición manuscrita. Contenía un Commonitorium que decía que era el único texto jurídico aplicable en los tribunales, bajo pena capital. Esta antología se convirtió en ley. Sus fuentes son el Códice Teodosiano, Liber de Gai, sentencias de Paulo, Responsa de Papiniano, códices Gregoriano y Hermogeniano. Las leges las acompaña una interpretatio (aclaración).
  • 580

    CODEX REVISUS

    CODEX REVISUS
    Según San Isidoro durante el reinado de Leovigildo (569-586), se llevó a cabo la elaboración del Codex Revisus, que era una corrección del anterior edicto de Eurico, en donde se añadían, eliminaban o modificaban algunas normas y tenía como, objetivo, romper con la tradición romana anterior. En la actualidad, al no haberse conservado este código, no se puede llegar a la conclusión de que hubiese supuesto la derogación de la legislación romana vigente en aquel momento.
  • 654

    LIBER IUDICIORUM

    LIBER IUDICIORUM
    Se trata de un cuerpo de leyes visigodas, de derecho público y privado. Tenía carácter territorial, de aplicación a toda la población. Fue dispuesto por el rey Recesvinto, y fortalecía su poder frente al de la nobleza. Es el último gran texto recopilatorio de todo el derecho visigótico moderno y de todo el derecho romano antiguo. Recoge básicamente conductas delictivas, de ahí que este texto esté dirigido a los jueces, ya que debían juzgar únicamente mediante las leyes contenidas en él.