Como calcular el valor de un fondo de comercio

Fondo de Comercio _ Ley 11.867

By Joha...
  • Period: 1 CE to 5

    Publicaciones en Boletín Oficial

    Previamente: Publicar por 5 días en B.O. y en 2 o más diarios locales donde funciona el establecimiento a transferir.
    Indicar, al menos:
    -Clase y Ubicación del Negocio;
    -Nombre y Domicilio de Vendedor y Comprador;
    -Nombre y Domicilio de Rematador y Escribano ( en caso de intervengan).
    [Art. 2 _ Ley 11.867]
  • Period: 5 to 15

    Notificación de Oposición a la Operación de Transferencia

    Los acreedores disponen de 10 días para notificar su oposición, notificación que deberá cursarse al presunto comprador en el domicilio denunciado en la publicación o, en su caso, al rematador o escribano que intervengan en el acto. Por su parte, el comprador, recibida la notificación del acreedor de que se trate, se encontrará obligado a retener el importe correspondiente a su crédito y a depositar dicho monto en cuenta judicial, en el banco correspondiente.
    [Art. 4 _ Ley 11.867]
  • Period: 5 to 35

    Embargo

    A partir de la notificación de la Oposición se dispone de 20 días para Trabar el Embargo Judicial. Caso contrario, transcurridos los 20 días el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta.
    [Art. 5 _ Ley 11.867]
  • 15

    Quien Transfiere debe entregar Nota Firmada al Comprador

    Quien Transfiere debe entregar Nota Firmada al Comprador
    Previa Transferencia.
    Contenido mínimo Nota Firmada:
    -Detalle de los créditos adeudados;
    -Nombre y domicilio de los acreedores;
    -Monto de los créditos adeudados;
    -Fechas de vencimiento (si las hay).
    [Art. 3 _ Ley 11.867]
  • 15

    Documento de Transferencia

    Documento de Transferencia
    Para producir efecto contra terceros, debe:
    -Extenderse por escrito; y
    -Inscribirse en el Registro Público, dentro de los 10 días de su otorgamiento.
    [Art. 4 _ Ley 11.867]
  • Period: 15 to 35

    Otorgamiento del Documento de Transferencia

    Sólo se podrá firmar el documento luego de transcurridos diez días luego de la última publicación oficial.
    [Art. 4 _ Ley 11.867]