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El derecho de la protección de datos personales,
es un derecho humano reconocido a nivel
internacional después de la segunda guerra
mundial, a través de la Declaración Universal de
los Derechos Humanos. -
Articulo 6 de la Constitución Mexicana
Las fracciones II y III tienen la virtud de ser las
primeras menciones constitucionales que hacen
un reconocimiento del derecho a la protección
de datos personales, dando continuidad a la
labor iniciada por el legislador a través de la Ley
Federal de Transparencia de 2002.
Esta reforma señala también la necesidad de
contar con un dispositivo legal que regule el
derecho a la protección de datos digitales -
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Publica Gubernamentalo
En este enlace indica lo que es la Ley Federal https://www.youtube.com/watch?v=S9L0RVjIHBM -
Period: to
Desde el Plan Nacional de Desarrollo
Se prevé la necesidad de
contar con una ley federal que garantice la
protección de datos personales -
Proyecto para Reforma articulo 73 de la Contitución
El cual
tiene por objeto dotar de facultades al
Congreso Federal para que legisle en
materia de protección de datos en
posesión de los particulares. -
Aprobacion del Decreto del articulo 6
La aprobación del Decreto por el
cual se adicionó un segundo párrafo con siete fracciones en el articulo 6 de la Constitucion Mexicana, Marcó
una importante pauta para el derecho de la
protección de datos personales. -
Dictamen Articulo 73°
El dictamen de
referencia se aprobó por unanimidad . -
En la sesión del 25 de Septiembre
El Senado
recibió la minuta del articulo 73° en cuestión, la cual fue turnada
a las Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y Estudios Legislativos. -
Reunión de la Comisión de Puntos Constitucionales
Del Senado de la República, en
la cual se discutió y aprobó el pre dictamen con
una pequeña modificación en la numeración de
la fracción añadida, la cual no implicó modificar
el contenido del texto. -
Reforma al articulo 16 Constitucional
Impacta en la Protección de Datos, en relación al tema, se
presentó ante el Pleno de la Cámara de
Senadores, un proyecto por el cual se
adiciona un párrafo al artículo 16
constitucional con la finalidad de
reconocer el derecho a la protección de
datos personales como una garantía
fundamental y autónoma. -
La reforma al articulo 16
https://www.youtube.com/watch?v=pAnb3Fgfrl4
Minuto 0:25 --- 0:52 -
Lectura y aprobación por el Pleno del Senado.
El dictamen fue aprobado por 97 votos a
favor, 0 en contra y 1 abstención si modificación
alguna, turnando la minuta a la Cámara de
Diputados para los efectos correspondientes -
La Cámara de Diputados
Recibió la minuta que
turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales -
Primera lectura del dictamen
Se discutió y
aprobó en lo general y en lo particular con 340
votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones sin
modificación alguna, turnándose a las
legislaturas de los estados. -
La entrada en vigor de la primera ley de transparencia en el país
Marcó el camino de la
protección de datos personales a nivel nacional
en el sector público, con las que se otorgó el reconocimiento
pleno a la protección de datos personales como
un derecho fundamental y autónomo. -
Aprobaron la reforma
Las legislaturas locales aprobaron la reforma
constitucional propuesta por el Congreso
Federal. -
Aprobación del Decreto del articulo 73°
El Senado realizó el
conteo de los votos de las legislaturas de los
estados y emitió la declaratoria de aprobación
del proyecto de decreto. -
El Estado Mexicano
Reconoció el derecho a la protección de datos
personales como un derecho fundamental y
autónomo; asimismo, se establecieron las bases
para expedir legislación que regulara el
tratamiento de datos personales en posesión de
particulares, publicándose en el
Diario Oficial de la Federación -
Publicada oficialmente
En el Diario Oficial
de la Federación -
Primera Ley
Se emite la primera Ley
Federal de Protección de Datos Personales en
Posesión de Particulares.
https://www.youtube.com/watch?v=B0Kx9Dj7ViM -
Period: to
Protección de Datos
https://www.youtube.com/watch?v=BnADBnrCf4w
Un resumen mas claro. -
Dictamen aprobado
La Cámara de Senadores
turnó el dictamen aprobado a la Cámara de
Diputados radicando su estudio y valoración en
las Comisiones Unidas de Gobernación, Función
Pública y Justicia -
Ley Federal de Protección de Datos Personales
Al sector privado le es aplicable, en posesión de
los Particulares (LFPDPPP). La autoridad
competente para garantizar este derecho es el
INAI. Esta Ley fue publicada en el Diario Oficial de la
Federación. -
Objetivo Protección de Datos
su objetivo es
proteger los datos personales en posesión de los
particulares, con la finalidad de regular su
tratamiento legítimo, controlado e informado, a
efecto de garantizar la privacidad y derecho a la
autodeterminación informativa de las personas.
Es aplicable para todas las personas físicas -
Sector Publico.
también es aplicable a los Lineamientos de
Protección de Datos Personales, publicados por
el entonces IFAI
Considera como obligaciones para los entes
públicos federales: Obtener el consentimiento
del titular para poder tratar sus datos
personales, informar a los particulares los
propósitos para los que se recaban los datos, y
adoptar las medidas técnicas necesarias para
garantizar la seguridad de los datos personales. -