Temis 1

EVOLUCION HISTORICA DEL DERECHO DE ACCION.

  • 476 BCE

    SISTEMA PRIMITIVO.Roma 21 de abril del Año 753 a. C. Periodo en que termina: En el 476 D. C. Sus máximos autores son: Mariana Moranchel Pocaterra, Samantha Gabriela Lopez Guardiola y Pretor peregrino.

    SISTEMA PRIMITIVO.Roma 21 de abril del Año 753 a. C. Periodo en que termina: En el 476 D. C. Sus máximos autores son: Mariana Moranchel Pocaterra, Samantha Gabriela Lopez Guardiola  y Pretor peregrino.
    En el procedimiento de acciones de la ley solo podían ser utilizadas por los ciudadanos romanos. El derecho procesal romano está contenido en la idea de Action, que debe de ser entendido como acción que es la facultad de impulsar la actividad jurisdiccional. Es decir que era el poder o facultad, que todos tenían para acudir a un tribunal para proclamar o realizar sus derechos, Es importante destacar que la acción procesal en roma casi tiene el mismo significado que en nuestra legislación.
  • Period: to

    ESCUELA MODERNA. SU EXPONENTE EN ESTE ESCENARIO ES EDUARDO J COUTURE (1904-1956).

    Modernamente a la acción, como una manifestación típica del derecho de petición reconocido en las Constituciones. Este derecho es, en el de acudir a la autoridad pública requiriéndole a que dirima un conflicto (por lo cual en este caso concreto, preexiste al proceso); y tal relación jurídica entre individuo y Estado expresa la función constitucional de la Jurisdicción, de administrar justicia a quien la pida. Este poder jurídico no puede ser arrebatado a nadie, pues emana de la personalidad
  • ESCUELA CLASICA (1840-1849). : SU MAXIMO AUTOR ES Friedrich Karl von Savign, mediante su libro:“Sistema de Derecho Romano Actual”, parágrafo 205. 1840-1849.

    ESCUELA CLASICA (1840-1849).  : SU MAXIMO AUTOR ES Friedrich Karl von Savign, mediante su libro:“Sistema de Derecho Romano Actual”, parágrafo 205. 1840-1849.
    Savigny comenzó por restituir al derecho su posición lógica: primero el derecho, luego la acción y atribuyó a ésta una función de garantía: la acción es el derecho que se pone en movimiento como consecuencia de su violación: es el derecho en ejercicio, en pie de guerra que tiende a remover los obstáculos que se oponen a su eficacia. La acción supone entonces un derecho y la violación del mismo.