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Primera etapa del Derecho Penitenciario
Constitución de 1917
-Se introduce el término de regeneración.
-Se creía en la teoría del derecho penal de autor, la cual hablaba de que que en el fondo del delito estaba la personalidad del autor.
-Lo que se pretendía entonces, era corregir al delincuente con un tratamiento progresista, siendo el sujeto del Derecho Penal degradado a objeto de tratamiento.
A través de la reclusión se buscaba que el delincuente adquiriera hábitos de moralidad. -
1957
Las reglas mínimas de naciones unidas para el tratamiento de reclusos; esta fue aprobada el 31 de junio de 1957. -
Segunda etapa del Derecho Penitenciario
Etapa de Reformas- Se introduce del término de re-adaptación social.
- Ya no se ve a la persona como una persona desviada psicológicamente, sino que ahora se habla de que la persona tiene que ser objeto de tratamiento, no como persona sujeta a derechos.
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1966
El pacto internacional de derechos civiles y políticos, este pacto internacional fue aprobado el 16 de diciembre de 1966, el acuerda contempla algunos principios que sustenta el sistema penitenciario; uno de los cales dice: el régimen penitenciario consistirá en un tratamiento cuya finalidad esencial será la reforma y la readaptación social de los penados. -
1984
La convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes de las naciones unidas; esta convención fue adoptada el 10 de diciembre de 1984. -
2000
Replantear que las penas se encaminen a resarcir los daños a las víctimas; el canje de las penas por trabajo a la comunidad, y la vigilancia en la reparación de daños debería ser la orientación del sistema penitenciario hacia el año 2000. -
2008
La garantía ordinaria en la ejecución de las sanciones y medidas penales se atribuye a los jueces de ejecución de la pena previstos, implícitamente en la reforma constitucional de 2008.