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Los Elementos constitucionales de Rayón
Proscribieron la tortura, por bárbara -
Constitución de Cádiz, de 1812
En el artículo 297 de la Constitución de Cádiz, de 1812, se ordenó disponer las cárceles "de manera que sirvan para asegurar y no para molestar a los presos: así el alcaide tendrá a éstos en buena custodia, y separados los que el juez mande tener sin comunicación, pero nunca en calabozos subterráneos ni malsanos". -
Constitución de Apatzingán, de 1814.
"Debe reprimir la ley todo rigor que no se contraiga precisamente a asegurar las personas de los acusados" -
Las Bases Orgánicas de 1843
"crear y reglamentar establecimientos de beneficencia, corrección o seguridad" (artículo 134, fracción VIII). -
La reforma de las cárceles
La reforma de las cárceles ocupó al Gobierno desde los primeros días de su instalación; aunque obra muy larga el establecimiento de Penitenciarías, cuando no se podía disponer para él de fondos considera-bles, se ha avanzado lo posible, existiendo ya una casa de corrección para jóvenes delincuentes, y estando en vía de ejecución los trabajos para ir planteando los demás establecimientos que previene la ley. -
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1857
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Código Penal para el Estado de Veracruz Llave
La pena de muerte da un paso, pues la proscribe de manera total para todos los delitos de cu competencia. -
Códigos del magistrado Fernando Corona
La tarea quedó en suspenso durante la intervención francesa; removido el espurio gobierno de Maximiliano, se volvió a la empresa interrumpida bajo la dirección de Antonio Martínez de Castro, ministro de Justicia del presidente Juárez -
Código Penal Federal de 1871
Regla general, las penas corresponde exclusivamente a la autoridad judicial y que los jueces no podrán aumentar ni disminuir las penas traspasando el máximo o el mínimo de ellas. -
Primer Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal
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Se promulgó el decreto que abolía la pena de muerte en Puebla
se inauguró la penitenciaría de aquella ciudad, con asistencia del dictador. En esa misma fecha se promulgó el decreto que abolía la pena de muerte en Puebla. Se había cumplido el compromiso contraído, casi cuarenta años antes, bajo el artículo 23 de la Constitución federal. -
Constitución 1917
La finalidad de la pena era corregir a un delincuente mediante un tratamiento progresista.
Se realizaba un informe de cada persona con el fin de tener cambiar su forma de pensar y tener a una mejor persona moral. -
Congreso Constituyente de 1917
el diputado José María Truchuelo sostuvo que
las autoridades penitenciarias habrían de recabar informes para saber “si las condiciones en que se encuentran por los informes que día a día se recaben" -
Re adaptación social
Reformas al sistema de justicia.
Cambio e paradigma, se ve a una persona moralmente desviada o psicologicamente mal.
Se busca que las personas tengan un tratamiento con el fin de que cambien las personas moralmente. -
la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados
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La expresión leyes en el artículo 30
Resolución, Convención Americana sobre Derechos Humanos. -
In loco a México
La Comisión consideró que los estudios de personalidad aplicados en el sistema penitenciario de nuestro país contravienen disposiciones de la Convención cuando se aplican a personas
procesadas -
Alberto Bovino
En la redacción de este apartado fueron invaluables las contribuciones pioneras de Alberto Bovino en “Control judicial de la privación de libertad y derechos humanos” -
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
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Re incersión social o reintegración social.
Va enfocado a los derechos humanos.
Se ve el derecho penal en todos sus ámbitos, aquí la suprema corte de la justicia de la nación nos habla de dos diferentes ramas del derecho penal.
La pena se impone dependiendo de la dis funcionalidad. -
“Derecho al libre desarrollo de la personalidad. Aspectos que comprende.
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Quinto informe anual del Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes
48º período
de sesiones del Comité contra la Tortura. Parte de los trabajos preparatorios de este
documento puede consultarse en: www.miguelsarre.com -
Naciones Unidas
Quinto informe anual del Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.