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454 BCE
El ius gentium
se basaba en las relaciones existentes entre los ciudadanos romanos y el resto de los
pueblos. -
454 BCE
Ley de las XII tablas
El antecedente más antiguo sobre el Derecho Civil lo encontramos en la época del
imperio romano, donde coexistían dos tratados que regulaban al Derecho Civil, el
ius civile y el ius gentium. -
454 BCE
El ius civile
Se trataba sobre el derecho que tenían los ciudadanos romanos
entre sí, basado en sus propias relaciones, -
130
GAYO
Gayo es uno de los juristas más enigmáticos. Ni siquiera se conoce su nombre completo. Eso sí, se sabe que dedicó gran parte de su vida a la docencia del derecho y que casi toda su obra tenía una finalidad docente. La mayoría de ellas fueron escritas durante el gobierno del emperador Antonio Pío y, a principios, del emperador Marco Aurelio. -
476
Caída del imperio romano
Se produce la caída del Imperio Romano de Occidente en lo que se ha denominado el inicio de la Edad Media. La invasión de los pueblos bárbaros que la provoca definitivamente acaba también de manera oficial con el derecho de Roma. Pero el Derecho romano seguía sobreviviendo en la práctica de los pueblos dominados y con gran influencia en las leyes de los pueblos invasores. -
565
Justiniano
La mayoría de las reformas formaron parte del compendio de nuevas leyes que Justiniano fue promulgando durante su mandato, recogidas bajo el epígrafe de Novellae Constitutiones, o Nuevas Leyes. La aportación se suma a la que probablemente sea la mejor contribución de Justiniano al Imperio y a la historia de la jurisprudencia: la recodificación completa del derecho romano. -
565
Corpus iuris civilis
El Corpus iuris civilis es una recopilación de constituciones imperiales y jurisprudencia romanas desde 117 hasta 565 compuesta por el Codex repetitae praelectionis, la Digesta sive pandectae, las Institutas y las Novellae constitutiones. -
1100
Siglo XII
A partir del siglo XII los glosadores de Bolonia estudian el Derecho romano mediante glosas y exégesis, aplicando la técnica escolástica de los silogismos, distinciones y subdivisiones. Desde entonces se va identificando el Derecho civil con el Derecho romano, con el Derecho que Roma ha legado tal y como lo ha dejado, hasta el punto que desde el siglo XII la obra de Justiniano recibe el nombre de Corpus Iuris Civilis. -
1234
Derecho canónico
Es un Derecho que no se limitaba a regular el fuero interno de los fieles sino que también se extendía a aspectos de su vida ordinaria, y sus principios espiritualistas (buena fe, obligación de cumplir la palabra dada, etc.) ejercerán una influencia decisiva en los textos de la compilación justinianea y en el Derecho civil que hoy conocemos y estudiamos. Entre el Ius Civile y el Ius Canonicum va a darse una influencia recíproca y continua. -
1252
Lirbo de las leyes
Las Siete Partidas fue un cuerpo normativo redactado en Castilla por la época de Alfonso X..
La obra en sí se puede considerar como uno de los legados más importantes de Castilla. Una obra que contenía leyes que fueron usadas y ejecutadas en Iberoamérica hasta el siglo XIX. -
1357
Bártolo de Sassoferrat
Considerado el jurista más influyente de la baja edad media y máximo representante del derecho privado, que conjuntado con el derecho canónico supone la raíz de la cultura jurídica europea. Se valora por incorporar comentarios a los textos legales, lo que ha permitido llegar a la denominada ratio legis. -
1484
Traslado del feudalismo a la consolidación del Estado
Los Estados modernos, soberanos y absolutos, inician ante todo una labor de consolidación de su Derecho nacional.
En Castilla esta labor la harán las Ordenanzas de Montalvo (1484) y la Nueva Recopilación (1567)
En Francia, las antiguas costumbres son recopiladas y reducidas a textos escritos, continuándose posteriormente esa tarea de fijación del Derecho nacional (Ordenanza de Colbert y D'Aguessau). -
Código Napoleónico
se aprobó el conocido como Código Napoleónico, un conjunto de leyes que pretendía dotar de estabilidad política a los cambios revolucionarios de 1789. -
Principios de Derecho Civil Mexicano
Don Agustín Verdugo, su codigo se vio vigente hasta el año 1884 -
El Codigo Civil del Distrito Federal.
José María Lozano. Sirvió para orientar a los prácticos en la consulta del ordanamiento. -
Ley de Divorcio
Se promulga la Ley de Divorcio que autorizaba el divorcio desvinculatorio. -
Relacione familiares
Se expide la Ley sobre relaciones familiares que establece la igualdad entre mujeres y hombres en el matrimonio, regulación sobre paternidad, adopción, patria potestad, pensiones alimentarias, patrimonio familiar, etc. -
Reformas al Código Civil
Se expide el Decreto para reformas al Código Civil. -
Nuevo codigo civil
Se publica el nuevo Código Civil en el DOF iniciando su vigencia el 1 de septiembre de 1932 -
Nuevas reformas al Código civil del D:F
Se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Decreto por el que se derogan, reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal y del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. Entró en vigor el 1 de junio de 2000.