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1519
La época prehispánica
La propiedad de la tierra está relacionada con la organización social, la propiedad de la tierra estaba dividida en tres grandes grupos, tierras comunales que son el conjunto de familias que poseían tierras comunales, un gobierno interno y una escuela. Tierras Administradas por el estado, que son tierras propiedad del barrio y tierras de propiedad privada, que son tierras de los principales nobles -
1521
La encomienda
Se introdujeron nuevos cultivos y ganado, el hambre y las epidemias lograron la disminución de la población hasta en un 90% lo que llevo a adoptar medidas para garantizar los medios de vida necesarios, sin embargo el daño ya estaba hecho, las encomiendas, mercedes y repartimientos habían sentado las bases para la constitución de enormes latifundios. -
1535
La época colonial
Con la llegada de los españoles se realizaron modificaciones al Derecho de propiedad de la tierra, se crearon grandes latifundios en donde mestizos e indígenas fueron sometidos a un régimen de explotación laboral, los cultivos se caracterizaron por ser extensivos pero la cantidad de productos cosechados era muy pobre. -
1573
La republica de indios
Se busco la manera de reducir en pueblos a los Indios que vivían de forma aislada, el consejo de Indios recomendó al Rey Felipe II, la Ley 8 de 1573, que estableció los sitios que formarían los pueblos, estos sitios deberían tener agua, tierras y montes, entradas, salidas y labranzas y un ejido de una legua de largo donde los Indios puedan tener su ganado. -
1573
Se crean las republicas de indios
La corona otorgó a los pueblos de Indios, criollos y Mestizos otras formas de posesión de la tierra, las tierras de labranza se rentaban con el fin de obtener recursos para los gastos administrativos del poblado y los terrenos de repartimiento que se distribuían como parcelas familiares y constituían la base de la economía de campesinos, estos terrenos se aprovechaban de manera permanente e individual por sus poseedores que podían llegar a perderlos si se ausentaban. -
La época independiente
Debido a la falta de equidad en el reparto de la tierra entre los propios españoles se hace mas notorio la diferencia de clases sociales lo que origino una rebelión en contra de la corona española encabezada por Hidalgo lo que concluye con la independencia en 1810. La pregunta ahora fue ¿Cómo repartir la tierra? Pues no dejaron de existir los latifundios ni los mecanismos de explotación de la tierra, lo que da pauta a la expedición de 2 leyes, Lerdo y Nacionalización de Bienes. -
Ley Lerdo y Ley de Nacionalización de Bienes
La principal función de estas dos leyes fue hacer posible el reparto de tierras a quienes las trabajaban, dotando con esto a un gran número de personas de tierra que cultivar con lo que se aproximaba aproximándose al reparto agrario, pero esto no dio solución al reparto de la tierra, pues años después, se vivió un nuevo conflicto, siendo una de las causas el derecho de propiedad de la tierra. -
Objetivos de la ley lerdo
Acabar con el estancamiento económico ocasionado por la situación de la propiedad de la tierra ya que muchas de estas se encontraba en manos de la iglesia y de corporaciones civiles , las cuales al poseer tantos terrenos dejaron de preocuparse por su explotación y se dedicaron solamente a cobrar su renta. -
Art.1° Ley lerdo
Art.1° - Todas las fincas rusticas y urbanas que tienen o administran las corporaciones civiles o eclesiásticas, se adjudicaran en propiedad a los que las tienen arrendadas por el valor correspondiente a la renta que en la actualidad pagan calculadas como rédito al 6% anual.
1859 se expidió la Ley de Nacionalización de los bienes del clero -
Ley Juárez
Ley de administración de justicia y orgánica de los tribunales de la nación y territorios, suprime los tribunales especiales con excepción de los eclesiásticos y los militares, que sin embargo cesarían de conocer de los negocios civiles y continuarían conociendo de los delitos comunes de su fuero -
Ley sobre ocupación y exagenación de terrenos baldíos
Art.1° Los terrenos de propiedad de la nación que son objetos de la presente ley se consideraran para sus efectos divididos en las siguientes clases, Terrenos baldíos, terrenos nacionales, se consolidan las Haciendas lo cual permite el éxito aislado en la producción agropecuaria, se incrementa la cantidad de desposeídos, los hacendados poseen las tierras de riego y maquinaría así como el ganado de trabajo, lo que permite controlar la producción y los precios. -
La hacienda
Se consolida la Hacienda como sistema de producción, se emiten 2 ordenamientos en cuestión agraria, el decreto de colonización y compañías deslindadoras y la Ley sobre ocupación y enajenación de terrenos baldíos 1894.Su finalidad es ubicar las tierras que no tenían propietarios para incorporarlas a la vida económica del país, mediante deslinde, medición y venta a particulares.Se exige que los posesionaros presentaran titulo que ampararan su propiedad. -
La Revolución y la Reforma Agraria
La insatisfacción originada por el autoritarismo aunado a la ausencia de democracia, así como la concentración de la riqueza y la propiedad entre otros fueron causa de las demandas en busca de igualdad, recuperación de las tierras injustamente expropiadas, la elevación de salarios y la demanda de justicia al agro mexicano fueron algunas de las causas del levantamiento del pueblo mexicano. -
El Plan de San Luis
En este levantamiento armado participaron gran cantidad de campesinos con la promesa de que se les devolverían las tierras de las cuales fueron despojados, pero no se cumplieron las promesas agrarias, lo que ocasiono inconformidad a diferentes caudillos, el movimiento encabezado por zapata fue realizado con la intención de llevar acabo un reparto de tierra a los campesinos " tierra y libertad", los motivos del movimiento de Zapata fueron similares a otros, su sustento la solidaridad -
El reparto agrario
En 1911 y 1912, según las resoluciones presidenciales de dotación de tierras, se establecieron 30,000 ejidos y comunidades se incluyeron 3.1 millones de jefes de familias. En el Censo agropecuario de 1991 se consideraron como ejidatarios y comunero 3.5 millones -
El plan de Guadalupe
Venustiano Carranza con el plan de Guadalupe encabeza el ejercito constitucionalista, emprende una lucha fundada en el establecimiento del orden legal, retoma las demandas sociales, este proceso inicia con la Ley Agraria de 1915 emitida por Carranza, se ordena la restitución de las tierras comunales arrebatadas a raíz de la legislación de 1856, se crea la Comisión Nacional Agraria por cada estado o territorio de la federación y de los comités particulares de cada entidad federativa. -
Reconocimiento a la Propiedad Comunal
Art. 27 se estipula la restitución de las tierras a las comunidades despojadas, la expropiación con fines de restitución respetaría las propiedades legalmente establecidas que no excedieran las 50 hectáreas de tierra de primera calidad ello dejo establecidas las bases legales para una profunda reforma agraria.
La aplicación de este artículo encuentra dificultades debido a las diferentes posturas entorno a cuestiones agrarias por parte de los dirigentes revolucionarios. -
Elías Calles y Álvaro Obregón
Consideraron al ejido como una forma transitoria que debería culminar en la formación y consolidación de una pequeña propiedad, con Calles en la presidencia se crean instituciones con las que se pretendió hacer de la reforma agraria un proceso integral y proveer a los nuevos propietarios de la infraestructura necesaria, se crea la Comisión Nacional de irrigación y el Banco Nacional de crédito Agrícola. -
El Primer Periodo De Reforma Agraria
De 1920 a 1934 las tierras repartidas proporcionaron la base alimentaria del país, se establecen superficies de la unidad de dotación de la tierra -
Lázaro Cárdenas
Con Cárdenas se inicia un cambio radical de la estructura de la tenencia de la tierra en, ejido se concibe como un eje principal para emprender una transformación de fondo, Cárdenas efectúa el mayor reparto agrario se afectaron las haciendas de las zonas de agricultura mas prosperas del país. -
Producción agrícola en México
La producción agrícola de México creció mas rápido que su población, contribuyendo al desarrollo del país, el crecimiento sostenido de la agricultura se basa en el reparto agrario Cardenista así como en la inversión pública destinada al sector. -
Código agrario de 1934
Se fijan las dimensiones mínimas en 4 y 8 hectáreas, respectivamente con el Código Agrario de 1942 , se eleva el mínimo a 5 hectáreas. de tierra de riego, la reforma constitucional de 1946 la llevo a 10, estas medidas que parecen tan estrechas , nunca se cumplieron -
El poder ejecutivo
Organiza a los campesinos en una central mayoritaria (CNC). La cual realiza funciones políticas, el ejido adquiere dimensiones como instancia política, demandante de servicios públicos y entidad organizadora del desarrollo social. -
Población agrícola
El crecimiento de la población agrícola supera al crecimiento población debido a la incorporación al cultivo y al uso agropecuario de las tierras repartidas esto se debió principalmente a la implementación de riego, el uso de agroquímicos y la mecanización -
Ley federal de Reforma Agraria
La Ley Federal de Reforma Agraria abrogo el código agrario de 1943, se enfoca a la organización de los campesinos, producción del campo y comercialización de productos agrícolas, se organiza gubernamental mente los servicios agrícolas y agrarios y el abasto popular, en materia ejidal se esta considerando el conjunto de tierras, bosques y agua y todos los recursos naturales accesorios, además de que se reconoce la personalidad jurídica con el fin de explotarlo lícitamente. -
Resoluciones presidenciales
Reflejaron la clasificación de las tierras siendo el promedio por beneficiario 6 hectáreas. de tierra de monte, 0,4 hectáreas. de tierra desértica y 7,1 hectáreas .de tierras indefinidas dando un total de 34.5 hectáreas. Las parcelas individuales solo contenían las dos primeras categorías de riego y de temporal las demás eran para el disfrute comunitario, un predio promedio de 5.4 hectáreas. de temporal correspondió a un minifundio -
Reforma del Articulo 27 de la constitución
En materia agraria así como las leyes reglamentarias derivadas meses mas tarde se promulga la ley agraria y la ley forestal. La iniciativa y la libertad para promover el desarrollo rural pasa a manos de los productores rurales y sus organizaciones el presidente pierde facultades relativas al repartimiento de tierra, cómo proceso administrativo la nación deja de ser propietaria jurídica de las tierras sociales, la propiedad de esta pasa a los ejidos -
Reforma al Artículo 27 de la constitución
Los cuales en su capacidad de sociedades propietarias de la tierra no quedan subordinadas a las autoridades gubernamentales, la asamblea ejidal goza de autonomía, el valor de la tierra como capital es transferido a los estados, a los núcleos ejidales para su uso y disfrute incluida la comercialización, el poder ejecutivo pierde sus facultades jurisdiccionales, la justicia agraria se traslada a los tribunales agrarios ordinarios -
Resoluciones presidenciales II
Se crea la procuraduría agraria institución pública dotada de autonomía técnica para asistir representar y arbitrar la solución de los problemas agrícolas, el ejido sociedad de propietarios de tierra permaneció como sujeto jurídico de la propiedad social, la reforma favoreció la circulación de la tenencia de la tierra y la formación de un mercado de tierras, se mantuvo la propiedad social como salvaguardia especiales para evitar despojo y concentración de la tierra