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Evolución de la protección de los datos personales en México

  • Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

    Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental
    México toma vigor y publica esta ley en el Diario Oficial de la Federación, en donde se establece que los datos personales constituyen información confidencial y requieren del consentimiento de los individuos para su difusión, distribución o comercialización.
    Al igual se establecen disposiciones sobre los derechos de acceso y corrección de los datos personales.
  • Instituto Federal de Acceso a la Información

    Instituto Federal de Acceso a la Información
    Se da la creación de organismos que supervisan la ley mencionada, las únicas entidades de la Administración Pública Federal así como los autónomos (IFE, CNDH y el Banco de México)
  • Artículo 6°

    Artículo 6°
    En Marzo el ex presidente FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, presenta a la Cámara de Diputados un proyecto que reforma el articulo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en donde se formula el acceso a información de la protección de datos personales y lo referente a la vida privada.
  • IFAI

    IFAI
    Se presenta la iniciativa de Ley Federal de Protección de Datos Personales que tiene como objetivo proteger los datos personales, y se propone como autoridad al IFAI.
  • Artículo 73°

    Artículo 73°
    Se presenta ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución, el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares.
  • Acciones en empresas

    Acciones en empresas
    Se comienzan acciones con la intención de poder legislar la protección de datos personales en empresas.
  • Dictamen

    Dictamen
    Se aprueba el dictamen que denotaba en facultades al Congreso Federal para que legisle en la materia de protección de datos en posesión de particulares.
  • Artículo 16°

    Artículo 16°
    Se presenta ante el Pleno de la Cámara de Senadores un proyecto en el cual e adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional, con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo.
  • Diario Oficial de la Federación

    Diario Oficial de la Federación
    Es publicada en el Diario oficial de la Federación el dictamen que reconocía el derecho a la protección de daos personales como una garantía fundamental y autónoma.
  • LFPDPPP

    LFPDPPP
    Se publica esta ley, como objetivo proteger los datos personales en posesión de los particulares y regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y derecho a la autodeterminación informativa de las personas.
  • Ley General de Protección de Datos Personales en poder de los Sujetos Obligados

     Ley General de Protección de Datos Personales en poder de los Sujetos Obligados
    El ex presidente Enrique Peña Nieto promulgó la Ley General de Protección de Datos Personales en poder de los Sujetos Obligados y establecen las bases para homologar el uso de este derecho en el sector público y esta ley trata de que dotará al sector público de certeza jurídica y equilibrio regulatorio para la protección de este derecho.
  • Convenio 108

    Convenio 108
    En la normativa internacional, el Estado mexicano adoptó el Convenio 108 del Consejo de Europa, aprobado por decreto.
    Cuyo principal es promover políticas, tecnologías y metodologías para garantizar el derecho a la protección de datos.