El tribunal federal de justicia fiscal y administrativa

  • Tribunal Fiscal de la Federación

    Tribunal Fiscal de la Federación
    Promulgada por el Presidente Cárdenas promulgo cuya máxima norma era la creación del Tribunal Fiscal de la Federación. La naturaleza jurídica del Tribunal Administrativo, fue de la justicia delegada y no de la justicia retenida, con total autonomía y competencia para reconocer la legalidad o declarar la nulidad de los procedimientos o actos puramente administrativos.
  • Ley de Justicia Fiscal

    Ley de Justicia Fiscal
    Entró en vigor la Ley de Justicia Fiscal y con ella inician las actividades del entonces Tribunal Fiscal de la Federación. Conforme a lo dispuesto por esta Ley, el Tribunal estaba integrado por 15 magistrados que podían actuar en Pleno o a través de cinco Salas; las cuales estaban formadas por tres magistrados cada una. La competencia que les asignó el Legislador era en materia estrictamente fiscal
  • Código Fiscal de la Federación

    Código Fiscal de la Federación
    La ley de justicia fiscal fue derogada por el Código Fiscal de la Federación, conservando su competencia.
  • Ley de Depuración de Créditos

    Ley de Depuración de Créditos
    La Ley de depuración de Créditos otorga competencia para conocer de esta materia a cargo del Gobierno Federal, conservando su competencia. Se amplía al conocer sobre la legalidad de los requerimientos de pago realizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
  • Aumento de Magistrados

    Aumento de Magistrados
    Se crean dos Salas más, que aumenta el número de magistrados a veintiuno.
  • Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación

    Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación
    Se expide una nueva Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación, en la que se previeron los aspectos orgánicos del propio Tribunal, incrementándose a veintidós magistrados, integrando las siete Salas que ya existían, más el Presidente. Se introduce el concepto de Organismos Fiscales Autónomos y se otorga al Tribunal facultades para conocer de los juicios de lesividad.
  • Regionalización del Tribunal

    Regionalización del Tribunal
    Se expide una nueva Ley con el mismo nombre de la anterior y en la que se prevé la Regionalización del Tribunal, creándose las salas regionales y la sala superior, precisándose la competencia de ambas la diferencia era fundamentalmente respecto a la cuantía del asunto; asimismo se prevé el recurso de revisión, con el que se otorga a la sala superior facultades para revisar las sentencias dictadas por las salas regionales.
  • Nuevo Código Fiscal

    Nuevo Código Fiscal
    Conservando básicamente las normas procesales en los mismos términos, se incluyen en este ordenamiento las disposiciones relativas a la queja, para lograr el adecuado cumplimiento de las sentencias.
  • Modificación del Código Fiscal y la Ley Orgánica del Tribunal

    Modificación del Código Fiscal y la Ley Orgánica del Tribunal
    Con el objeto de promover la simplificación administrativa, y se suprime la competencia que hasta ese entonces otorgaba la ley para que la sala superior revisara las resoluciones de las salas regionales a través del recurso de revisión.
  • Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación

    Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación
    Entra en vigor conservando su nombre y la competencia, pero modificando la integración de la sala superior de nueve magistrados a once, así como su forma de operación a través de pleno o secciones.
  • Reformas a la legislación Fiscal

    Reformas a la legislación Fiscal
    El Congreso de la Unión aprueba las reformas para el Tribunal, como son: el cambio de nombre de la ley orgánica y del nombre de la institución, por el de tribunal federal de justicia fiscal y administrativa, le otorga competencia para conocer de los juicios que se promuevan contra las resoluciones dictadas por las autoridades que pongan fin a un procedimiento administrativo, a una instancia o resuelvan un expediente en los términos de la ley federal de procedimiento administrativo.