-
Entra en vigor la Ley de Justicia Fiscal
1° de enero de 1937, Entra en vigor la Ley de Justicia Fiscal, conjuntamente inicia labores el entonces Tribunal Fiscal de la Federación, integrado por 15 magistrados que podían actuar en Pleno o a través de cinco Salas, conformadas por tres magistrados cada una. Su competencia era estrictamente en materia fiscal. -
Entra en vigor el Código Fiscal de la Federación
En 1938 es derogada la Ley de Justicia Fiscal, por el Código Fiscal de la Federación, conservando el Tribunal igual competencia, la cual a través de leyes especiales se fue ampliando. -
Se amplía la competencia del Tribunal
En el año de 1942 la Ley de Depuración de Créditos otorga competencia para conocer de esta materia a cargo del Gobierno Federal. De igual manera, se amplia la competencia del Tribunal: Al conocer sobre la legalidad de los requerimientos de pago realizados por la SHCP; Exigir fianzas dadas a favor del Gobierno Federal; Conocer las controversias surgidas por las resoluciones emitidas por el IMSS (art. 123); Sobre las resoluciones fiscales emitidas por el Departamento del D.F, etc -
Se crean dos salas más
Para 1946, se crean dos Salas más, aumentando a 21 el número de magistrados. -
Se expide una nueva Ley Orgánica del TFF
En 1967 se expide una nueva Ley Orgánica del TFF, se incrementa a 22 magistrados, integrando las siete Salas existentes, más el Presidente que no integraría Sala, se establecían las normas relativas a la competencia que tenían asignada, conservando el Código las correspondientes al procedimiento. Se introduce el concepto de Organismos Fiscales Autónomos y se otorga al Tribunal facultades para conocer de los juicios de lesividad. -
Se prevé la Regionalización del Tribunal
En el año de 1978 a esta Ley la sustituye una con el mismo nombre, donde se prevé la Regionalización del Tribunal, creándose las Salas Regionales y la Sala Superior, precisando la competencia de ambas la diferencia era fundamentalmente respecto a la cuantía del asunto; asimismo se prevé el recurso de revisión, con el que se otorga a la Sala Superior facultades para revisar las sentencias dictadas por las Salas Regionales. -
Se expide un nuevo Código Fiscal
En 1983 se expide un nuevo Código Fiscal, que conserva las normas procesales en los mismos términos. Posteriormente se incluyen en este las disposiciones relativas a la queja, para lograr el adecuado cumplimiento de las sentencias. -
Se modifican el Código Fiscal y la Ley Orgánica del Tribunal
En 1988, se modifica el Código Fiscal y la Ley Orgánica del Tribunal, que promueve la simplificación administrativa, y suprime la competencia que otorgaba la Ley para que la Sala Superior revisara las resoluciones de las Salas Regionales a través del recurso de revisión. -
Entra en vigor la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación
Para 1996 entra en vigor la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación, conservando su nombre y competencia y modifica la integración de la Sala Superior de nueve a once magistrados y su forma de operación a través de Pleno o Secciones que conforme a la Ley son dos y cada una la integran cinco magistrados. -
Se aprueban reformas trascendentales para el Tribunal
A fines del 2000, el Congreso de la Unión aprueba reformas trascendentales para el Tribunal, como: Cambian de nombre la Ley Orgánica y la Institución, por Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, reflejando la competencia que ha tenido asignado en sus casi 65 años de existencia. Decreto reformas y le da competencia para conocer los juicios promovidos contra las resoluciones dictadas por las autoridades que pongan fin a un procedimiento administrativo. -
Se reforma la fracción XIII del artículo 11 de la ley del TJFFA
En el D.O. de la Federación se volvió a reformar la fracción XIII del artículo 11 de la ley del TJFFA, estableciendo la resolución de juicios contra resoluciones que concluyan el recurso de revisión de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, para conocer controversias respecto a actos dictados por autoridades administrativas, finaliza en un proceso administrativo, a una instancia o resuelvan un expediente en los términos de la referida ley procedimental -
Entre las Reformas del 2000
Se reforma la denominación de Tribunal Fiscal de la Federación por la de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y se reformar la fracción XIII del artículo 11 de esa ley. Se modifica el nombre de "Procedimiento Contencioso Administrativo" por el de "Juicio Contencioso Administrativo"; El actor señalará domicilio para oír y recibir notificaciones en la jurisdicción de la sala regional, de no hacerlo las notificaciones se harán por lista; -
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Actualmente el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa cuenta con la estructura orgánica que se presenta.