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Period: 1 CE to
DOGMÁTICA JURÍDICA PENAL-Evolución de las ideas penales.
La dogmática jurídica del derecho penal es la disciplina del derecho cuya misión es el estudio integral del ordenamiento penal positivo, es un método de estudio e investigación jurídica y su objeto de investigación es la norma que tiene el conocimiento del sentido de los preceptos jurídico-penal positivo. -
Jan 1, 1250
Aztecas
Realizaron la clasificación de los delitos y la Prisión previa al enjuiciamiento por beber pulque. (Código Florentino) -
Jan 5, 1521
Colonia
El Derecho en nuestro país fue impuesto por los españoles -
Jan 1, 1546
Mayas
Distinguieron entre el dolo y la culpa. -
Venganza Privada, de la Sangre o Época Bárbara
-1760
Función represiva en manos de los particulares: Ley del Talión. Surge después la composición (pago).
La venganza es un derecho del ofendido, era apoyada por la misma comunidad, se le brindaba ayuda material o el respaldo moral necesario
La "ley del Talión" establece la proporción entre el daño sufrido y la pena a aplicar. La pena debe ser igual al daño sufrido por la victima. -
Periodo humanitario
El periodo humanitario nació como reacción a la excesiva crueldad imperante en la aplicación de penas y fue precisamente en 1764 cuando Beccaria público la obra que lo inmortalizó “Tratado de los Delitos y de las Penas” en donde estableció en 42 capítulos una serie de principios o derechos mínimos del delincuente. -
Periodo humanitario
El derecho penal pretende desterrar concepciones caracterizadas por las prácticas inhumanas.
Destaca Cesar Beccaria, quien en su obra "De los delitos y las penas" habla de la tortura, la pena de muerte, la proporcionalidad entre el delito y la pena; critica el sistema punitivo de sus días. En esta etapa también aparecen las ideas de la ilustración promovidas por Hobbes, Locke,Rousseau, Diderot, Montesquieu, Voltaire, que influyeron en lo social y en lo político sino también en la humanización -
Venganza divina
Divino es una proyección fundamental de la
constitución del mismo estado; los conceptos de derecho y religión se unen, así el delito, más que una ofensa a las personas o grupos, lo era a la divinidad. La justicia era manejada por la clase sacerdotal. -
Periodo Científico
Cobra auge el estudio del Derecho Penal.
Surgen diversas teorías:
El principio "nullum crime sine lege, nulla poena sine lege" (Kant)
El derecho de defensa (Romagnosi)
El derecho de castigar es un derecho de necesidad política ( Carmignani)
Sobre la pena:
El deber de castigar el delito es un imperativo categorico constitutivo del fundamento del jus punendi. (Kant)
El ordenamiento jurídico dictado por el Estado persigue un orden aparentemente alterado.(Hegel) -
ESCUELA CLÁSICA
Movimiento jurídico filosófico anterior a las doctrinas que no se adoptaron a las nuevas ideas. Exponente es Francisco Carrara.
Concepciones:
Entidad Deiito
Imputabilidad moral
Penal proporcional al delito
Método deductivo y teleológico.
El punto cardinal es el delito se definió como "la infracción de la ley del Estado promulgada para proteger la seguridad de los ciudadanos, resultante de un acto externo del hombre positivo o negativo, moralmente imputable y politicamente dañoso" -
Escuela Positiva
Es una negación radical de la Escuela Clásica, pretende cambiar el preparatorio implícito.
Los conceptos de esta escuela:
El punto de mira de la justicia penal es del delincuente
Utiliza el método experimental
Niega el libre albedrío
Determininismo de la conducta humana
El delito es resultado necesario de los factores físico biológicos psiquico y moral; es un fenomeno natural y social.
Hay una responsabilidad social.
La pena es un medio de defensa cuyo objeto es la reforma de los delincuentes. -
Sistema penal: causalista
1881 Nace con la obra de Franz Von Liszt; se apoyo en el concepto de "acción" punto del partida delito.
Liszt estudia el código alemán de 1871, realiza un análisis sistemático del Derecho Penal y del delito , partiendo de una base naturalista, causalista, que es el acto o acción humana. Expone también en su obra "Tratados de Derecho Penal" los elementos integradores del delito: el acto humano, la antijuricidad, la culpabilidad y la punibilidad. -
LA TERCERA ESCUELA
Acepta parcialmente los postulados de las 2 anteriores escuelas, tiene una postura ecléctica.
Principales percursores fueron Alimena y Carnevales.
Los principios básicos son: Imputabilidad basada en la dirigibilidad de los actos del hombre.
La naturaleza de la pena radica en la coacción psicológica.
La pena tiene como fin la defensa social. -
Tercera escuela
Los principios básicos son:
1). Imputabilidad: basada en la dirigibilidad de los actos del hombre.
2). La naturaleza de la pena: radica en la coacción psicológica;
3). La pena tiene como fin: la defensa social. -
Venganza Pública
Función represiva de carácter público. Surge el interés particular y el orden público.
Evolucionan de las ideas penales, los estados adquieren mayor solidez.
Los tribunales juzgan en nombre de la colectividad, las penas eran más crueles y severas, sin embargo la administración de justicia era totalmente desigual. -
Sistema Penal: finalista
Teoría iniciada por Von Weber y Graf Zu Dohng.
La acción es una conducta humana conducida por la voluntad hacia un determinado fin.
La finalidad perseguida y por tanto el contenido de la voluntad del sujeto, forman parte de la acción. -
Modelo Lógico matemático
Los principales exponentes son Elpidio Ramírez Luna y Olga Islas de Mariscal.
El derecho penal se estructura con una categoría tricategorial; que en matemáticas sería un conjunto. Donde cada uno debe de tener conceptos jurídicos fundamentales. -
Sistema Penal: MODELO LÓGICO-MATEMÁTICO
El Derecho Penal se estructura de manera tri-categorial, basado en el tipo de acción penal. Los principales exponentes fueron Elpidio Ramírez Luna y Olga Islas de Mariscal.
Es producto de una investigación que se inició, con la finalidad de construir un sistema conceptual que permita la explicación consistente, tanto general como especial de todo el derecho penal. -
Código penal de Puebla
Estructura de nuestro Código Penal de Puebla
Se forma de dos libros:
Libro primero/normas penales.
Libro segundo/delitos en particular. consulta www.congresopuebla.gob.mx/index.php?option=com_docman&task=doc...